Subsanación de defectos en los bienes en el contrato de suministros

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB

Expediente de contratación nº ..........

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ......, y dirección C/ ..................................... de .......... [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de ................ [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha .... se realizó el acto formal de recepción de los bienes ......, no aceptándose los bienes por ...... y mediante acta ....... se requirió a esta parte para subsanar los defectos [o proceder a un nuevo suministro] siguientes ....... a efectos de.....

Que se ha procedido, siguiendo las instrucciones del órgano de contratación a subsanar ..... por lo que interesa a esta parte que por la Administración se proceda a recepcionar los mismos en el plazo de .....

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que, en cumplimiento del artículo 304 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se tenga por cumplidas las instrucciones impartidas mediante ......, por subsanados los defectos ..... y se proceda a la recepción de los bienes ........

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]

Comentario

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, define en su artículo 16 el contrato de suministro como

“los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles” (apartado 1º).

En todo caso, según el apartado 3, se considerarán contratos de suministro aquellos en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente; los que tengan por objeto la adquisición y el arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas, y la cesión del derecho de uso de estos últimos, en cualquiera de sus modalidades de puesta a disposición, a excepción de los contratos de adquisición de programas de ordenador desarrollados a medida, que se considerarán...

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