Poder para aceptar una herencia

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023





Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECE:

DON *, mayor de edad, * vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF *, vigente.

Interviene en su propio nombre y derecho.

Le identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por su expresado Documento Nacional de Identidad, cuyo número coincide con el de Identificación Fiscal.

(Opciones)

  • A mi juicio tiene legitimación y ejerce su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de PODER y DICE
  • A mi juicio tiene legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de PODER y DICE
  • A mi juicio tiene legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de PODER y DICE

Que da y confiere poder especial a Don *, mayor de edad, *, para que en nombre y representación del señor compareciente ejercite las siguientes FACULTADES:

a).- Intervenir en la herencia de su *, Don *, liquidando la sociedad de gananciales: aceptarla simplemente o a beneficio de inventario; solicitar copias de testamentos o declaraciones de herederos, según el caso: aprobar o impugnar inventarios o avalúos; practicar las oportunas operaciones divisorias, otorgar las oportunas escrituras; admitir los bienes que se les adjudiquen en pago o para pago; transigir diferencias; abonar o percibir cantidades por exceso o defecto de adjudicación estipulando plazos y condiciones; tomar posesión de los bienes e inscribir los mismos en el Registro de la Propiedad, efectuar actas de notoriedad para inmatriculación de fincas.

b).- En relación a las fincas o participaciones divisas o indivisas procedentes de dicha herencia, practicar segregaciones, agrupaciones, divisiones, incluso en régimen de propiedad horizontal; poder venderlas en todo o parte a la persona o personas que tenga por conveniente, y por el precio, pactos y condiciones que libremente determine, confesando haber recibido el precio, aplazarlo con o sin garantías, incluso la hipotecaria que podrán cancelar en su día; dar al comprador o compradores posesión de las fincas o participaciones indivisas vendidas; rectificar linderos y datos descriptivos; manifestar su estado arrendaticio y en relación a...

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