Demanda de impugnación de testamento

AutorvLex
Actualizado aSeptiembre 2022




AL JUZGADO


D./Dª. _______________, Procurador/a de los Tribunales y de D./Dª. __________________, según escritura de poder para pleitos que se acompaña/en virtud de designa apud acta que se verificará ante el Ltdo. de la Administración de Justicia en el momento procesal oportuno, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO:


Que por medio del presente escrito formulo DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO contra D./Dª. __________ de ACCIÓN DE IMPUGNACIÓN DE TESTAMENTO otorgado por D./Dª. _______ en base a los siguientes

HECHOS


Primero.- Que D./Dª. ______ viudo/a de Doña/Don ____ y padre de mi mandante D. ____ falleció el día____ de ____ de ____en _____. Se adjunta como documento número ___ copia del libro de familia y certificado de defunción.


Segundo.- D./Dª. _____ otorgó testamento en fecha ____ de ____ de___ ante el Notario de _____ D. _____. Se acompaña como documentos número ____ y _____ copia del testamento junto con el certificado expedido por el Registro de Actos de Ultima Voluntad.


Tercero.- En dicho testamento D._______ realizó la siguiente repartición de sus bienes. [Exposición de la repartición de bienes entre el demandante, demandado....]


Cuarto.- Que la repartición de bienes realizada en el testamento vulnera la legítima de mi mandante ya que [Exposición de los hechos].


FUNDAMENTOS DE DERECHO


Competencia.- Es competente el Juzgado de Primera Instancia al que nos dirigimos por ser el tribunal del lugar en que el finado tuvo su último domicilio . Artículo 52.1.4.º LEC.


Legitimación.- Le corresponde a mi mandante D.________ la legitimación activa ante su condición de hijo del causante, heredero forzoso y legatario, correspondiendo la legitimación pasiva al heredero demandado.


Procedimiento.- Debe decidirse por los trámites del juicio ordinario conforme el artículo 249.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al exceder su cuantía de la cantidad de 15.000 euros. Cuantía calculada conforme al artículo 251, regla 12ª, de la LEC.


Fondo del asunto.- Conforme los artículos 806 y siguientes del Código Civil, la legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos. El heredero forzoso a quien el testador haya dejado por cualquier título menos de la legítima que le corresponda, podrá pedir el...

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