Reclamación de honorarios de abogado. Jura de Cuentas
Autor: | vLex |
Modelo de escrito por el que un abogado que ha prestado sus servicios en un procedimiento judicial reclama a su cliente los honorarios debidos por dicha actuación. Solo se pueden pedir los honorarios judiciales, sin que quepa reclamar deudas de carácter extrajudicial, art. 35 ... (ver resumen completo)
D./Dª. ____________, Letrado/a del Ilustre Colegio de Abogados de __________, con despacho profesional en _________, calle _________, ante este Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO:
Que por medio del presente escrito y en virtud del art. 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, formulo RECLAMACIÓN DE HONORARIO DE ABOGADO contra D./Dª. ____________, con domicilio en __________, y ello en base a los siguientes
PRIMERO.- Que en fecha _____ asumí la defensa de D./Dª ____________ en el procedimiento ______/__ seguido ante este Juzgado, para lo cual suscribimos la hoja de encargo profesional que se acompaña al presente como Documento núm. __.
SEGUNDO.- Que en los mencionados autos se han devengado honorarios a favor del que suscribe por importe de _____ euros.
Acreditando lo anterior se acompaña al presente como Documento núm. __ la minuta de honorarios de abogado.
TERCERO.- Que esta parte ha intentado el cobro de la citada cantidad en numerosas ocasiones, la última por medio de burofax enviado al/a la cliente/a en fecha _____, sin haber obtenido a día de hoy respuesta alguna. Se acompaña como Documento núm. __ el borofax remitido y su correspondiente acuse de recibo.
CUARTO.- Que en aplicación del art. 35.1 LEC, manifiesto formalmente que lo honorarios reclamados me son debidos y no han sido satisfechos por el/la cliente/a.
A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes
I.- Establece el art. 35 de la LEC que los abogados podrán reclamar frente a la parte a la que defiendan el pago de los honorarios que hubieren devengado en el asunto.
II.- La Ley exige la presentación de la minuta detallada y la manifestación formal del abogado de que esos honorarios le son debidos y no han sido satisfechos (art. 35.1 LEC).
El secretario judicial requerirá al deudor para que pague dicha suma o impugne la cuenta, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación (art. 35.2 LEC).
Asimismo, se...
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