Escritura de institución recíproca de heredero en el derecho de Aragón

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023






Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, (que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021) aunque en Aragón no se haya hecho la pertinente adaptación y por ello puede haber cierto conflicto y discordancia entre sus normas sustantivas y las procesales o de publicidad que resultan de las modificaciones que introduce de la citada Ley 8/2021 y que afectan a todo el Estado (Ley del Notariado, Ley de Jurisdicción voluntaria, ley de Enjuiciamiento Civil, Ley del Registro Civil, etc.).

Contenido
  • 1 Modelo
  • 2 Comentario
    • 2.1 Modelo propuesto
    • 2.2 Validez y forma
    • 2.3 Modalidades
    • 2.4 Contenido
    • 2.5 Idioma de los pactos sucesorios
    • 2.6 Revocación, modificación y renuncia
  • 3 Jurisprudencia citada
  • 4 Legislación citada
Modelo

NÚMERO * .

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECEN:

Los cónyuges, casados en régimen consorcial aragonés, o de separación, etc.) Don * y Doña *, nacidos el * y el *, respectivamente, mayores de edad * (profesión o actividad) vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF números * y *, vigentes.

Son de nacionalidad y residencia española (en su caso, se expresará la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

De vecindad civil aragonesa.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de Identificación Fiscal.

(Juicio de Capacidad: opciones)

  • A mi juicio los señores comparecientes tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura pública de INSTITUCIÓN DE HEREDERO y OTORGAN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para el otorgamiento de esta Escritura de INSTITUCIÓN DE HEREDERO y OTORGAN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de INSTITUCIÓN DE HEREDERO y OTORGAN:

Primero.- Los consortes Don * y Doña *, y para el caso de no dejar ninguno de ellos descendientes, se nombran e instituyen recíprocamente herederos, de forma que este pacto al más viviente se regirá por las disposiciones del art. 399 y siguientes del Código del Derecho Foral de Aragón. Fallecidos ambos sin descendientes nombran preventivamente herederos a * .

Segundo.- Los mismos consortes y para el caso de dejar hijos comunes, sin perjuicio del usufructo de viudedad a favor del cónyuge sobreviviente, nombran preventivamente herederos y por iguales partes a todos sus dichos hijos, sustituyendo vulgarmente a los premuertos sus descendientes por estirpes; podrá, por tanto, cada otorgante y en relación a sus bienes, disponer libremente en la forma que libremente desee, tanto por actos inter vivos como mortis causa, sin perjuicio, en vida, del derecho expectante de viudedad del otro consorte y al fallecer uno de ellos del usufructo universal a favor del sobreviviente.

Tercero.- Los comparecientes aceptan esta escritura a todos los efectos.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Informo expresamente a los comparecientes sobre la incorporación de sus datos al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y, en su caso, sustantiva que resulte aplicable al acto o negocio jurídico documentado. La comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público.

La finalidad del tratamiento de los datos es cumplir la normativa para autorizar/intervenir el presente documento, su facturación, seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR