Escritura de herencia testada a favor de hijos menores y legado al cónyuge de la mitad de la herencia en el derecho aragonés

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023






Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, (que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021) aunque en Aragón no se haya hecho la pertinente adaptación y por ello puede haber cierto conflicto y discordancia entre sus normas sustantivas y las procesales o de publicidad que resultan de las modificaciones que introduce de la citada Ley 8/2021 y que afectan a todo el Estado (Ley del Notariado, Ley de Jurisdicción voluntaria, ley de Enjuiciamiento Civil, Ley del Registro Civil, etc.).

Contenido
  • 1 NOTA
  • 2 Modelo
  • 3 Comentario
    • 3.1 Modelo propuesto
    • 3.2 Normas legales sobre la sucesión
    • 3.3 Defensor judicial en Aragón
    • 3.4 Doctrina de la DGRN sobre menores y defensor judicial
      • 3.4.1 A).- Reglas generales
      • 3.4.2 B).- El problema de la cautela socini
      • 3.4.3 C.- Otros supuestos:
    • 3.5 El certificado del Registro de Actos de Ultima Voluntad
    • 3.6 Norma legal sobre los contratos de seguro de cobertura de fallecimiento
    • 3.7 Exigencia del NIF
    • 3.8 Elemento transfronterizo en la sucesión testada
    • 3.9 Certificado sucesorio europeo
    • 3.10 Contaminación
    • 3.11 Notas fiscales
    • 3.12 Reducciones fiscales
  • 4 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 5 Legislación citada
NOTA

En el caso de que haya un elemento transfronterizo, se debe tener en cuenta las normas del Reglamento sucesorio europeo nº 650/2012 que se detallan en el comentario de este formulario, en el epígrafe Elemento transfronterizo.

Modelo

MANIFESTACIÓN Y ACEPTACIÓN DE HERENCIA y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL

NÚMERO *

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECEN:

DOÑA *, de * años de edad, (nacido el *), viuda, vecina de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF * vigente

Interviene en su propio nombre y derecho.

De vecindad civil común.

DON *, mayor de edad, (nacido el *), vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF * vigente.

Interviene en nombre y representación de Don *, menor de edad (nacido el día * de * de *), soltero, vecino de *, con domicilio en * (en su caso) y DNI/NIF número * vigente.

Actúa como defensor judicial de los expresados menores, nombrado para este acto en el expediente tramitado por el Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario judicial, o antes por auto del Juzgado de Primera Instancia de *), según resolución que me exhibe, del que resulta la aceptación y finalidad de su nombramiento y del que uno a esta matriz una fotocopia que testimonio.

Asevera Don (defensor judicial) la vigencia de su cargo y yo, el Notario, doy fe expresa de la suficiencia de las facultades de dicho representante legal quien, a mi juicio y bajo mi responsabilidad, considero que puede prestar su consentimiento a la liquidación de la sociedad conyugal, aceptación de herencia y demás actos que se formalizan en esta escritura.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de Identificación Fiscal.

(Juicio de Capacidad: opciones)


Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de ¡MANIFESTACIÓN, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de ¡MANIFESTACIÓN, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de ¡MANIFESTACIÓN, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL y EXPONEN:

I.- Que Don *, residente en *, de vecindad civil aragonesa, falleció en *, el día *, según Certificado de Defunción expedido por el Registro Civil de *, que tengo a la vista, en estado de casado con Doña *, de cuyo matrimonio, único contraído, tuvo los antes expresados hijos Don * y Doña *. La ley aplicable a su sucesión es la de la vecindad civil del causante (deberá tenerse en cuenta, en su caso, los elementos transfronterizos).

II.- La sucesión de Don * debe regularse por el Testamento que otorgó bajo mi fe, el día *, según resulta del Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, que me exhiben los comparecientes.

III.- Que del citado Testamento conviene copiar aquí literalmente lo siguiente:

«SEGUNDA.- Sin perjuicio del usufructo que corresponde a su esposa Doña * le lega el pleno dominio de una mitad de la herencia.

TERCERA.- Nombra e instituye por sus herederos universales y libres a sus dos hijos * y *, a partes iguales.

Les sustituye, por la vulgar, por sus respectivos descendientes, por estirpes».

Una copia de éste Testamento deberá acompañarse a la de la presente.

IV.- La herencia de dicho Don * consiste:

A.- BIENES PRIVATIVOS: (descripción de los bienes que pertenecían al causante con carácter privativo).

B.- BIENES DE LA COMUNIDAD LEGAL:

b.1. BIEN INMUEBLE

URBANA: DEPARTAMENTO NÚMERO *.- Vivienda, *.

Corresponde al departamento descrito una cuota de participación en relación al valor total del inmueble del que forma parte en régimen de propiedad horizontal de *.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de *, al tomo *, Libro *, folio *, Finca *, inscripción *.

Título: *.

Valor de esta Finca: * Euros, (en sucesiones causadas a partir del 1-01-2022, se dirá:) que es el valor de referencia al que se refiere el art. 9 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. - (De no querer declarar como valor el de referencia, se indicarán ambos, la razón de consignar un valor si es inferior y procederá la oportuna advertencia notarial sobre las posibles consecuencias fiscales).-

Valor de la cuota consorcial: * Euros..

REFERENCIA CATASTRAL:

OPCIONES:

A.- Ha sido aportada por los interesados:

La que resulta del documento aportado por los interesados siendo uno de los señalados en el art. 41 de la Ley 1/2004, de 5 de marzo; dicho documento se une a esta matriz para su traslado a las copias.

Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.

B.- Ha sido obtenida por el notario en forma telemática:

a). Certificación descriptiva y gráfica:

La que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica; yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, la he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con la Resolución de la DG del Catastro de 24 de noviembre de 2008) y ha sido solicitada a los efectos del presente otorgamiento; esta certificación queda unida a esta matriz.

Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.

b)..- No consta la gráfica, pero se ha obtenido certificación en la que consta la referencia catastral:

La que resulta de la certificación catastral únicamente descriptiva, que Yo, el Notario, Doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con la Resolución de la DG del Catastro de 24 de noviembre de 2008) y ha sido solicitada a efectos del presente otorgamiento, certificación que incorporo a esta matriz.

Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.

C.- No se aporta referencia concreta (ninguna o sólo la de la finca matriz, aunque conste ésta) y no se ha obtenido por el notario en forma telemática.

Subopción a): No tiene todavía referencia catastral concreta. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas.

Subopción b): No me ha sido aportada la referencia catastral concreta, y tampoco la he obtenido yo, el Notario en forma telemática. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas.

(En ambos casos): Yo, el Notario, procederé a indicar la falta de Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.

COINCIDENCIA DE LA DESCRIPCIÓN CATASTRAL Y LA REALIDAD FÍSICA:

Se ha manifestado por la parte otorgante, previa mi expresa solicitud, la coincidencia entre la realidad física y la que consta en la certificación catastral indicada y manifestando su conformidad con la nueva descripción de la finca realizada conforme a los datos catastrales actuales.

(Discrepancias: En fincas que estén en régimen de propiedad horizontal no hay obligación notarial de notificar la discrepancia; en los otras fincas si hay discrepancias entre la realidad de la finca y el Catastro se indicará este hecho, aplicando el supuesto que proceda conforme a lo que dispone el art. 18, Ley de Catastro, redacción dada por la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de...

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