Solicitud de nulidad de sanción por falta de notificación

AutorvLex
Actualizado aDiciembre 2017

A LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO…………….

Don/ña……………, mayor de edad, con DNI ………….. y domicilio en …………….. a efectos de notificaciones,

EXPONGO

PRIMERO.- Que en fecha ………….. se le notificó denuncia por cometer la infracción ………….. recogida en …………… y que lleva aparejada una sanción de ………..€ y una pérdida de …… puntos.

SEGUNDO.- Que vengo a reconocer haber cometida dicha infracción tal y como se refleja en la denuncia.

TERCERO.- Que el que suscribe tiene domicilio conocido que es el que consta tanto en el carnet de conducir como en el permiso de circulación del vehículo.

CUARTO.- Que se llevó a cabo la notificación por Edictos sin haber buscado posibilidades de notificación en el domicilio (Sentencia del TSJ Valencia, Sala 3º, de 19-12-2012).

QUINTO.- Que conforme al art. 90.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial:

Las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico notificarán las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial.

En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento, y en su defecto, en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.

Tal y como dice el art. 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, las notificaciones que no puedan efectuarse en la Dirección Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, en el domicilio que figure en los registros del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, se practicarán en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese publicado en el BOE se entenderá que...

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