Demanda de exequátur y ejecución de sentencia de divorcio dictada por Tribunal extranjero

AutorvLex
Actualizado aJulio 2019




AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE …………

Don/Doña……………………………..., Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don/Doña………………………………………, con DNI ……………… y domicilio a efectos de notificaciones en ……………………………………………….., en virtud de poder para pleitos cuya copia acompaño para su unión a los autos mediante testimonio bastante, con ruego de devolución de la copia autorizada por necesitarla a otros usos o mediante designación “'apud acta”, que se concretará el día que este Juzgado determine; bajo dirección letrada Don/Doña……………………………..., colegiado número …………………... del Ilustre Colegio de Abogados de ………………………., ante el Juzgado comparezco y como mejor en Derecho proceda,

DIGO

Que por el presente escrito formulo SOLICITUD DE EXEQUÁTUR Y EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE DIVORCIO dictada contra Don/Doña………………..,. de acuerdo con los arts. 41 y ss de la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil y en virtud de los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Mi mandante contrajo matrimonio en fecha ……. con Don/ña ………….., nacional de …….. en fecha ……………

SEGUNDO.- El tribunal/juzgado/corte …………… de la ciudad de ……………... , …………. [indique el Estado donde se dictó la sentencia] dictó en fecha ……………… sentencia declarando el divorcio de mi representado con Don/Doña……………………..

Se adjunta como documento número ….. copia legalizada de dicha resolución judicial junto con su traducción realizada conforme a lo dispuesto en el art. 144 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

TERCERO.- La sentencia cuyo reconocimiento se solicita devino firme el pasado día ………………..

CUARTO.- El divorcio fue inscrito en el Registro Civil ['citar el órgano que realice las funciones equivalente en el Estado donde se dictó la sentencia] de la ciudad de …………….. en fecha ……………… .

Esta parte acredita este extremo mediante la adición, como documento número …., de copia de la certificación registral.

QUINTO.- Considerando que no existe convenio alguno para el reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil con ………….. ['el país donde se dictó la sentencia], este exequátur debe regirse por las normas que contienen los arts. 52 y ss de la Ley 29/2015, de 30 de julio.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Según el artículo 22. e) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) modificada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR