Solicitud de compensación

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado. Profesor de Derecho Administrativo/Letrado Jefe del IBSALUT. Letrado de la Seguridad Social
Actualizado aMarzo 2011

AL JUZGADO (AL JUZGADO CENTRAL) DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO/ A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

(según corresponda).

Don... Procurador de los Tribunales, en nombre y representación que tengo acreditada de D./Dª...., ante el Juzgado/la Sala, en el procedimiento ...... comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha ... se dictó por ... la Sentencia de fecha ... por la que .... [situación jurídica reconocida en la misma]. Dicha Sentencia es firme y su ejecución forzosa ha sido declarara por Auto de ......

Que mi mandante tiene frente a la Administración demanda un débito cuya identificación se corresponde con la siguiente: .... (identificar el crédito y las circunstancias del mismo).

Dicho crédito es hoy líquido y exigible sin que se haya satisfecho hasta el momento. Se adjunta la documentación demostrativa del mismo.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.6 de la Ley Jurisdiccional vengo a solicitar la compensación de ambos créditos.

Por lo expuesto,

AL JUZGADO/SALA SUPLICO: Que tenga por presentado este escrito y en su virtud acuerde la ejecución de la Sentencia dictada con la compensación del crédito identificado en el cuerpo de este escrito.

Es justo en ...... (Lugar y fecha).

Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.

COMENTARIO

El artículo 106 LJCA 29/1998, condena pecuniaria, establece:

  1. Cuando la Administración fuere condenada al pago de cantidad líquida, el órgano encargado de su cumplimiento acordará el pago con cargo al crédito correspondiente de su presupuesto que tendrá siempre la consideración de ampliable. Si para el pago fuese necesario realizar una modificación presupuestaria, deberá concluirse el procedimiento correspondiente dentro de los tres meses siguientes al día de notificación de la resolución judicial.

  2. A la cantidad a que se refiere el apartado anterior se añadirá el interés legal del dinero, calculado desde la fecha de notificación de la sentencia dictada en única o primera instancia.

  3. No obstante lo dispuesto en...

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