Solicitud de aclaraciones en el contrato concesión de obra pública

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB

D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de .... [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], como mejor proceda en Derecho, EXPONE:

Que, a los efectos previstos en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de contratación............ [número de expediente .......], dentro del plazo establecido, y de conformidad con el artículo 250.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por medio del presente escrito solicita le sea facilitada la información sobre ............., y en concreto las aclaraciones siguientes:

1º.- ……….

2º.- ………..

3º.- ……….

Finalmente, se solicita la siguiente documentación complementaria …….

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que de conformidad con lo previsto en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se ponga a disposición de esta parte las aclaraciones solicitadas en este escrito.

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]

Comentario

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dedica los artículos 247 y ss. al contrato de concesión de obras. Previamente, el artículo 14 en su apartado 1º establece que "La concesión de obras es un contrato que tiene por objeto la realización por el concesionario de algunas de las prestaciones a que se refiere el artículo anterior, incluidas las de restauración y reparación de construcciones existentes, así como la conservación y mantenimiento de los elementos construidos, y en el que la contraprestación a favor de aquel consiste, o bien únicamente en el derecho a explotar la obra en el sentido del apartado cuarto siguiente, o bien en dicho derecho acompañado del de percibir un precio".

Al regular los pliegos de cláusulas administrativas particulares del contrato de concesión de obras, el artículo 250 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, dispone en su apartado 2º:

2. Sin perjuicio del derecho de información a que se refiere el artículo 138, el órgano de contratación podrá incluir en el pliego, en función de la naturaleza y complejidad de este, un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR