Escritura de constitución de servidumbre de aprovechamiento de una escalera entre dos inmuebles

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023





Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo de escritura
  • 3 Comentario
    • 3.1 Supuesto de hecho
    • 3.2 Doctrina de la DGRN sobre inscripción de las servidumbres
    • 3.3 Supuesto de contaminación de la finca
    • 3.4 Normas forales y territoriales
    • 3.5 Impuesto sobre incremento del Valor de los terrenos Urbanos
  • 4 Legislación citada
  • 5 Jurisprudencia citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo de escritura

NUMERO

En *, a *.

ANTE MI, ** Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECEN:

De una parte:

Don/ña *, mayor de edad, * (estado civil y profesión o actividad), vecino/a de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF vigente, número *.

Interviene en nombre propio (o en nombre y representación de *).

De vecindad civil *.

Y de otra parte,

Los cónyuges, casados en régimen supletorio legal de (gananciales, de separación, etc.) vigente en *, Don * y Doña *, mayores de edad, *(profesión o actividad), vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF vigentes, números * y *.

Son de nacionalidad y residencia española. y de vecindad civil * (En su caso, se expresará la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

Intervienen en nombre propio y son de vecindad civil *.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE y EXPONEN:

I.- Don * es propietario, con carácter privativo, de la siguiente finca:

URBANA: *.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de *, al tomo *, libro *, folio *, finca *, inscripción *.

TÍTULO: *

(Si procede) Conforme al art. 174 del Reglamento Notarial en el título presentado y al margen de la descripción de la finca objeto del contrato, yo, el Notario, pongo la pertinente nota con fecha y mi firma. REFERENCIA CATASTRAL:

OPCIONES:

1ª.- Ha sido obtenida por el notario en forma telemática:

La que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica; yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, la he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con la Resolución de la DG del Catastro de 24 de noviembre de 2008) y ha sido solicitada a los efectos del presente otorgamiento; esta certificación queda unida a esta matriz.

2ª.- No consta la gráfica, pero se ha obtenido certificación en la que consta la referencia catastral:

La que resulta de la certificación catastral únicamente descriptiva, que Yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con la Resolución de la DG del Catastro de 24 de noviembre de 2008) y ha sido solicitada a efectos del presente otorgamiento, certificación que incorporo a esta matriz.

3a.- No se aporta referencia concreta (ninguna o sólo la de la finca matriz, aunque conste ésta) y no se ha obtenido por el notario en forma telemática.

Subopción a): No tiene todavía referencia catastral concreta. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas.

Subopción b): No me ha sido aportada la referencia catastral concreta, y tampoco la he obtenido yo, el Notario en forma telemática. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas.

COINCIDENCIA DE LA DESCRIPCION CATASTRAL Y LA REALIDAD FISICA:

Se ha manifestado por los otorgantes, previa mi expresa solicitud, la coincidencia entre la realidad física, la que consta en la certificación catastral indicada y la que resulta de la nota simple del Registro, manifestando su conformidad con la nueva descripción de la finca realizada conforme a los datos catastrales actuales.

Discrepancias: en fincas que estén en régimen de propiedad horizontal no hay obligación notarial de notificar la discrepancia; en los otras fincas, si hay discrepancias entre la realidad de la finca y el Catastro, se indicará este hecho, aplicando el supuesto que proceda conforme a lo que dispone el art. 18, Ley de Catastro, redacción dada por la Ley 13/2015 de 24 de junio de reforma de la Ley Hipotecaria.

En realidad son muchos los supuestos y deberá indicarse lo procedente en la escritura: que haya coincidencia de superficie y linderos entre el Catastro, el Registro y la realidad y ya conste en el Registro la coordinación gráfica o que no conste (y podrá solicitarse o no); que no concuerde la superficie catastral y/o los linderos con la realidad y lo que consta en el Registro, conociéndose o desconociéndose cual es lo real, por lo que en este último caso no puede iniciarse ya el procedimiento pertinente para obtener la concordancia; si la real es la catastral y hay una diferencia de superficie inferior al 10% y se conoce la real puede solicitarse la mayor cabida al amparo del art. 201.3 de la LH, pero si supera el 10% deberá informarse a los otorgantes del procedimiento del art. 201.1 de la LH (que podrán iniciar seguidamente o no hacerlo); si la superficie real es la registral y no la catastral se advertirá a los interesados del procedimiento de rectificación previsto en el art. 18.2. del Texto Refundido de la Ley del Catastro; finalmente, si la diferencia de superficie es inferior al 5% cabe pedir la mayor cabida y simplemente se comunica al Catastro esta rectificación.

Es conveniente indicar qué es lo que se hará constar en los índices (referencia catastral acreditada, referencia catastral identificada y si es o no es coincidente o si es dudosa, etc.).

II.- Los cónyuges Don * y Doña * son titulares (por partes iguales, bienes gananciales) de la siguiente Finca:

URBANA: *.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de *, al tomo *, libro *, folio *, finca *, inscripción *.

TÍTULO: *.

(Si procede) Conforme al art. 174 del Reglamento Notarial en el título presentado y al margen de la descripción de la finca objeto del contrato, yo, el Notario, pongo la pertinente nota con fecha y mi firma. REFERENCIA CATASTRAL...

III.- CONSTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE:

1.- Don *, titular del edificio situado en la calle *, número * (registral *) y los consortes Don * y Doña * titulares, con carácter ganancial, del edificio contiguo, calle *, número * (registral *), dado que en medio de las dos fincas y al servicio de las mismas existe una escalera, que parte está en un inmueble y parte en el otro, con el correspondiente vestíbulo y ascensor, con el fin de regular la situación adopten los siguientes acuerdos:

Se constituye una servidumbre recíproca de paso para personas por la parte de la puerta de accesos, la escalera, el vestíbulo, la habitación de contadores y el ascensor que afecta a cada inmueble, todo lo cual se sitúa en medio de las dos fincas. Para una mejor precisión se protocoliza un plano de la escalera donde consta la superficie, en cada planta, cuyo uso será compartido por los titulares de los dos inmuebles y en caso de división de cualquiera de ellos en propiedad horizontal, el uso corresponderá a los titulares de los distintos departamentos que lo integren; en concreto, en la planta primera la parte afectada por la servidumbre será de * metros cuadrados, en la planta segunda de * metros cuadrados, en la planta tercera, * metros cuadrados (etc.).

La servidumbre será perpetua y al servicio del titular de cada inmueble o parte del mismo, inmuebles que serán a la vez predios sirvientes y dominantes, y con la siguiente regulación:

1.- Los gastos de conservación y mantenimiento de la puerta de acceso, escalera, ascensor, luz y otros gastos de la zona afectada por la servidumbre así como las posibles mejoras y seguro para cubrir riesgos de la zona afectada serán satisfechos por mitad por los titulares de cada casa, es decir, una mitad por el edificio del calle * (registral *) y la otra mitad por el otro edificio (registral *) y, en su caso, dentro de cada total inmueble por los departamentos que lo integren y en proporción a su respectiva cuota.

2.- Se pacta que el contador de agua para la escalera, al servicio de las dos comunidades, será pagado, tanto su coste, instalación y mantenimiento como el futuro consumo igualmente por mitad por cada edificio.

Valor: Se valora la servidumbre constituida en * euros y se solicita su inscripción.

OTROS PACTOS: Con carácter obligacional, se hace constar que existe una antena para telecomunicaciones sita en la cubierta del edificio número * de la calle * y que se destina al servicio de las dos comunidades, situación que se mantendrá por acuerdo de todos los otorgantes; si propietario del edificio número *, decide instalar una antena para sus departamentos, la actual antena será a partir de aquel momento utilizada únicamente por los titulares del inmueble dónde radica.

COMUNICACIÓN AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD:

Posibilidad 1.- Por expresa indicación de la parte...

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