Recurso de revisión penal

AutorvLex
Actualizado aFebrero 2024




A LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO

Don. /Doña. ………………….. Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don./Doña …………………, como así consta en el procedimiento al margen referenciado, y bajo la dirección letrada de Don./Doña …………….. con número de colegiado …………… del Ilustre Colegio de Abogados de ……………….., ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO:

Que en virtud de lo establecido en el Auto de fecha …………….., notificado a esta parte en fecha ………….., en que esta Sala autoriza a la interposición de RECURSO DE REVISIÓN contra la Sentencia …………. de fecha ………………, dictada por ……………….., esta parte procede a su formulación en base a los siguientes,

MOTIVOS

PRIMERO.- Que de conformidad con el artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) en su apartado …….. el cual establece que ……...[Especificar el motivo exacto dentro del numerus clausus establecido en el mencionado precepto legal]:


Se podrá solicitar la revisión de las sentencias firmes en los casos siguientes:


Cuando haya sido condenada una persona en sentencia penal firme que haya valorado como prueba un documento o testimonio declarados después falsos, la confesión del encausado arrancada por violencia o coacción o cualquier otro hecho punible ejecutado por un tercero, siempre que tales extremos resulten declarados por sentencia firme en procedimiento penal seguido al efecto. No será exigible la sentencia condenatoria cuando el proceso penal iniciado a tal fin sea archivado por prescripción, rebeldía, fallecimiento del encausado u otra causa que no suponga una valoración de fondo.


Cuando haya recaído sentencia penal firme condenando por el delito de prevaricación a alguno de los magistrados o jueces intervinientes en virtud de alguna resolución recaída en el proceso en el que recayera la sentencia cuya revisión se pretende, sin la que el fallo hubiera sido distinto.


Cuando sobre el mismo hecho y encausado hayan recaído dos sentencias firmes.


Cuando después de la sentencia sobrevenga el conocimiento de hechos o elementos de prueba, que, de haber sido aportados, hubieran determinado la absolución o una condena menos grave.


Cuando, resuelta una cuestión prejudicial por un tribunal penal, se dicte con posterioridad sentencia firme por el tribunal no penal competente para la resolución de la cuestión que resulte contradictoria con la sentencia penal.


Será motivo de revisión de la sentencia firme de decomiso autónomo la...

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