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Recurso de alzada contra el acuerdo relativo a la clasificación
Autor | Alberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Magistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB |
Actualizado a | Marzo 2018 |
Contenido
|
Expediente nº ……….
D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en su propio nombre (o en su caso, en nombre de ...................., según poder que se acompaña como documento nº 1) según lo dispuesto en los artículos 121 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por medio del presente escrito, dentro del plazo legalmente establecido interpone:
RECURSO DE ALZADA
El presente recurso se interpone contra ................ (el acuerdo relativo a la clasificación nº ….. ) dictado por .............................., por la que .................................................. Se adjunta copia del mismo.
ó
El objeto del presente recurso es ................. (el acuerdo relativo a la clasificación que se impugna) dictado por .............................., por la que .................................................. Se adjunta copia del mismo.
El presente recurso se fundamenta en los siguientes
MOTIVOS (o HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO)
Primero: ..................................................,
Segundo: ..................................................,
Tercero: ..................................................,
Los medios de prueba de que pretenda valerse esta parte son los siguientes:
Primero: .................................................. (a dichos efectos, se aporta el documento ….),
Segundo: ..................................................,
En virtud de lo expuesto,
SOLICITA
Que se tenga por interpuesto este recurso de alzada contra el acuerdo relativo a la clasificación ..... y, previos los trámites oportunos (reclamación de expediente, audiencia a interesados,...), se declare …...
Lugar, fecha, sello y firma
.............................................
ILMO. SR./SRA. MINISTRO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
ComentarioConforme al artículo 65 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP 2017), para poder contratar con el sector público (incluyendo contratos subvencionados a que se refiere el artículo 23 LCSP 2017) las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, entre otros requisitos, deben tener plena capacidad de obrar, no estar incursas en una prohibición de contratar y acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la propia LCSP 2017, se encuentren debidamente clasificadas.
Más concretamente, el artículo 80 de la Ley 9/2017 se refiere a los acuerdos o decisiones de clasificación (competencia, eficacia, recurso y clasificaciones divergentes) y establece:
1. Los acuerdos relativos a la clasificación de las empresas se adoptarán, con eficacia general frente a todos los órganos de contratación, por las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. Estos...
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Solicita tu prueba- Libro I. Configuración general de la contratación y elementos estructurales de los contratos
- Partes en el contrato. Capacidad, solvencia y clasificación. Prohibiciones de contratar
- Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental
- Comunicación de posible conflicto de intereses en el ámbito de la contratación pública
- Compromiso de constituir una sociedad que será la titular de la concesión de obras o de servicios
- Acreditación de capacidad para contratar con el sector público de las empresas comunitarias no españolas
- Justificación, por parte de las empresas no comunitarias, de que en su Estado de procedencia se admite la participación de empresas españolas en la contratación pública
- Escrito de constitución temporal de unión de empresarios para licitar
- Compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios suficientes
- Integración de la solvencia con medios externos
- Acreditación de la clasificación
- Solicitud de clasificación
- Recurso de alzada contra el acuerdo relativo a la clasificación
- Justificación del mantenimiento de la clasificación
- Comunicación de cualquier variación en las circunstancias de la clasificación
- Aportación de documentos solicitados para clasificación
- Acreditación de la solvencia económica y financiera
- Acreditación de la solvencia técnica en los contratos de obras
- Acreditación de la solvencia técnica en los contratos de suministros
- Acreditación de la solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios
- Acreditación de la solvencia técnica o profesional en los restantes contratos
- Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad
- Trámite de audiencia al candidato o licitador que participó en la preparación del contrato
- Sucesión del contratista
- Contestación a requerimiento sobre condiciones de aptitud para contratar con el sector público
- Solicitud de revisión de la clasificación
- Acreditación de la capacidad de obrar
- Declaración de no estar incurso en prohibición de contratar
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