Escritura de donación de acciones o participaciones de empresa familiar a descendientes o cónyuge en Castilla-León

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023




Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo de escritura
  • 3 Comentario
    • 3.1 Castilla y León
    • 3.2 Norma estatal aplicable
    • 3.3 Normas estatales sobre puntos de conexión
    • 3.4 Doctrina jurisprudencial
    • 3.5 Limitaciones estatutarias
  • 4 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 5 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo de escritura

NÚMERO *

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *, COMPARECEN:

De una parte,

DON *, de * de edad, * , vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF *.

Y de otra parte,

Sus hijos:

DON *, mayor de edad, jubilado (estado civil), vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF vigente, número *.

Y DOÑA,*, mayor de edad, * (estado civil y profesión o actividad), vecina de *, con domicilio en * y DNI/NIF vigente, número *.

Son de nacionalidad y residencia española y de vecindad civil común (En su caso, se expresará la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

(Si procede, casados en régimen de ...).

Intervienen todos en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de DONACIÓN y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de DONACIÓN y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de DONACIÓN y EXPONEN:

I.- Don * es titular, con carácter privativo, de * acciones, números * al * inclusive, de la compañía mercantil *, S.A., constituida * (o participaciones números * a *, ambos inclusive, de la sociedad Limitada * SL.).

TÍTULO: *

Cargas: Libres de toda carga o afección, según asevera.

II.- Expuesto cuanto antecede, OTORGAN:

PRIMERO.- Don * de las acciones (o participaciones sociales) descritas en el expositivo I, DONA en este acto:

A su hijo Don *, que ACEPTA, * acciones, (o participaciones) números * al * ambos inclusive. A efectos fiscales, se valora esta donación en * euros.

A su hija *, que ACEPTA, * acciones, (o participaciones) números * al * ambos inclusive. A efectos fiscales, se valora esta donación en * euros. A efectos fiscales, se valora esta Donación en * euros.

SEGUNDO.- El donante transmite a los donatarios las acciones (o participaciones) donadas, con todos sus derechos anejos y libres de toda carga o afección.

TERCERO.- Todos los gastos de esta escritura e impuestos que la graven serán de cargo de los donatarios, a partes iguales.

CUARTO.- Las presentes transmisiones están exceptuadas de sindicación, tal como establece el artículo * de los Estatutos sociales, dado que los donatarios son descendientes en línea recta de los donatarios (o estar autorizadas por acuerdo de la sociedad, o deberá indicarse el detalle de todo el proceso de notificación, en su caso).

OBSERVACIÓN FISCAL.

-. Se solicita la aplicación de las Disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos de Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre).

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.-

Se han hecho las reservas y advertencias legales; en particular, y a efectos fiscales, he advertido a los comparecientes de la obligación de presentación de la documentación a liquidación dentro de plazo y, en general, de las responsabilidades tributarias que les incumben en su aspecto material, formal y sancionador, y de las consecuencias de toda índole que se derivarían de la inexactitud de sus declaraciones.

Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman.

Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del otorgante, teniendo, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público; manifiesta que no han ordenado medidas voluntarias de apoyo ni están sujetos a ellas y sin que haya mostrado signos que, a mi juicio, indiquen la necesidad o conveniencia de acudir a dichas medidas para esta finalidad; asimismo doy fe del cumplimiento de las demás formalidades legales.

Queda extendida en un total de * folios de papel notarial, el primero con el número * y los demás con los números siguientes en orden correlativo (o anteriores en orden correlativo) cuya expresión informática queda incorporada con la misma fecha y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico.

Y de su contenido, DOY FE.



(PROTOCOLO ELECTRÓNICO)

DILIGENCIA DE INCORPORACIÓN Y DE COTEJO DEL DOCUMENTO N* /.

En el mismo día de hoy, * de *, del *, doy fe de haber realizado la íntegra incorporación de esta matriz al protocolo electrónico y de su concordancia con el protocolo en soporte papel, con lo cual doy por concluida esta diligencia que redacto el mismo día de su práctica y de cuyo contenido, así como de quedar extendida en el presente y único folio de papel timbrado notarial, DOY FE.


DILIGENCIA DE DEPÓSITO DEL INSTRUMENTO Nº */

En el día de hoy, * de * de * deposito con firma electrónica cualificada esta matriz en la sede electrónica del Consejo General del Notario, que me devuelve el hash * correspondiente a la matriz (algoritmo *), con lo cual por doy por concluida esta diligencia que redacto el mismo día de su práctica y de cuyo contenido, así como de quedar extendida en el presente y único folio de papel timbrado notarial, DOY FE.



Comentario Castilla y León

Las Disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos de Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre), con la modificación dada por la LEY 3/2021, de 3 de mayo:

1.- Dice el ARTÍCULO 20:

«Reducción por donaciones para la constitución o ampliación de una empresa individual o de un negocio profesional.
En las donaciones de empresas individuales o de negocios profesionales y de dinero destinado a su constitución o ampliación efectuadas por ascendientes, adoptantes o colaterales hasta el tercer grado por consanguinidad o afinidad, se aplicará una reducción del 99 por 100, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
Que la empresa individual o el negocio profesional tengan su domicilio fiscal y social en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Que la empresa individual o negocio profesional no tengan por actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.º Ocho. Dos. a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Que la empresa individual o negocio profesional se mantenga durante los cinco años siguientes a la fecha de la escritura pública de donación, salvo que el donatario falleciera dentro de ese plazo.
Que la donación se formalice en escritura pública. En el caso de donación de dinero, constará expresamente que el destino de la donación es, exclusivamente, la constitución o ampliación de una empresa individual o negocio profesional que cumpla los requisitos que se señalan en el presente artículo.
Que, en el caso de donación de dinero, la constitución o ampliación de la empresa individual o del negocio profesional se produzca en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de formalización de la donación.
En el caso de que sea de aplicación la reducción en la base por la transmisión de participaciones en entidades regulada en el artículo 20.6 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se aplicará un porcentaje de reducción del 99% en sustitución del porcentaje del 95% previsto en el artículo citado cuando la entidad mantenga la plantilla global de trabajadores del año en que se produzca la donación, en términos de personas/año regulados en la normativa laboral, durante los tres años siguientes».

2.- Artículo 20 bis, añadido por la la LEY 3/2021, de 3 de mayo:

«1. En la cuota del impuesto sobre sucesiones y donaciones derivada de adquisiciones lucrativas "inter vivos", se aplicará una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR