Papeleta de Conciliación sobre Extinción del contrato por causas objetivas y reclamación de cantidad

AutorOscar Domínguez Moya
Actualizado aNoviembre 2015

AL SERVICIO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN

DE…..

D….., mayor de edad, con D.N.I. n.º ….., y con domicilio en la calle….. número….., puerta….. de….., ante ese Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación comparece y como mejor proceda en derecho, DICE:

Que mediante el presente escrito, y de conformidad con los artículos 63 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, viene a formular PAPELETA DE CONCILIACIÓN para solicitar la celebración de ACTO DE CONCILIACIÓN en materia de DESPIDO OBJETIVO, contra la Empresa ….., con C.I.F. n.º ….., inscrita en la Seguridad Social con número ….., y domiciliada en …..Y en ello con base en los siguientes:

HECHOS

PRIMERO.- El compareciente viene prestando sus servicios por cuenta y orden de la Empresa….., desarrollando sus actividades en el Centro de Trabajo radicado en ….., dedicado a la actividad del Sector ….., consistente en….. , y resultando de aplicación el Convenio Colectivo de…..

SEGUNDO.- El trabajador ostenta como antigüedad reconocida la de….., prestando sus servicios como….., incluida en la Categoría Profesional de….., y como última Retribución la cifrada en…..€ mensuales, incluido el prorrateo de gratificaciones extraordinarias.

TERCERO.- COMUNICACIÓN EXTINTIVA DEL CONTRATO DE TRABAJO.- Que en fecha….. la Empresa comunicó al trabajador por escrito su extinción del contrato de trabajo, con efectos desde el día….., y alegando la existencia de supuestas causas económicas, de conformidad con el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores.

CUARTO.- Que consideramos que las causas expuestas en la citada comunicación extintiva del contrato de trabajo son totalmente inciertas, injustificadas, insuficientes y carentes de la objetividad que conlleva la extinción.

QUINTO.- INEXISTENCIA DE CONCRECION Y JUSTIFICACION DE LA COMUNICACIÓN EXTINTIVA.- En primer lugar, la citada comunicación extintiva incumple claramente el requisito relativo a la concreción de la “expresión de la causa”, tal y como prevé el artículo 53.1 a) del ET, ocasionando al trabajador una clara indefensión y de desigualdad procesal respecto de la empresa, vulnerándose el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE).

En la comunicación extintiva, y para proceder al despido del trabajador, se hace constar con carácter vago y de forma genérica que “la Empresa presenta una negativa evolución durante los años… y que en los...

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