Oposición a la continuación de los efectos de un contrato declarado nulo
Autor | Alberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Magistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB |
Actualizado a | Marzo 2018 |
Contenido
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D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en nombre de ...................., EXPONE:
Que, con fecha ...... , se notificó Resolución de …… , de fecha ……., por la que en el procedimiento de contratación............ (número de expediente .......) se declara nulo el contrato de…...
Que, en la misma Resolución se acuerda en virtud del apartado 3 del artículo 42 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP/2017), la continuación, bajo sus mismas cláusulas, de los efectos del contrato …... hasta que se adopten las medidas urgentes para evitar el perjuicio al servicio público.
Que esta parte se opone, por entender que no se dan los requisitos legales para la continuación de los efectos del contrato declarado nulo.
Que la oposición de esta parte se funda en los siguientes
MOTIVOS (o HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO)
Primero: .................................................. (la declaración administrativa de nulidad del contrato no produce un grave trastorno al servicio público toda vez que….).
Segundo: ..................................................,
Tercero: .................................................
Por todo lo expuesto,
SOLICITA: Que se tenga por este escrito y por formulada oposición a la Resolución de …… , de fecha ……., por la que en el procedimiento de contratación............ (número de expediente .......) se declara la nulidad del contrato y se acuerda la continuidad de los efectos del contrato.
Lugar, fecha, sello y firma
.............................................
DEPARTAMENTO, UNIDAD, ÓRGANO O DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA A LA QUE SE DIRIGE EL ESCRITO
ComentarioEl artículo 41 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP/2017), por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), respecto a la revisión de oficio, establece:
“1. La revisión de oficio de los actos preparatorios y de los actos de adjudicación de los contratos se efectuará de conformidad con lo establecido en el Capítulo I del Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento...
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