Notificación de multa coercitiva y escrito de oposición a la imposición de multas coercitivas

AutorAlberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y profesor de Derecho Administrativo/Letrado Jefe del IBSALUT, letrado de la Seguridad Social
Actualizado aMayo 2022





a) Notificación de multa coercitiva.

Habiéndose intentado, sin resultado, la notificación de la resolución, cuyo extracto literal se transcribe como Anexo, a .................... con CIF .................... , con domicilio a efectos de notificaciones en .................... , de la provincia de .................... , en relación al procedimiento para imponer multa coercitiva por el incumplimiento de la obligación de .................... , se procede a su publicación conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la LPAC, dándose publicidad a los mismos.

En .................... a ..... de ..... de ..........

Lugar, fecha, sello y firma

ANEXO

RESUELVE:

Primero. Imponer a .................... con CIF n.º .................... la multa de .................... euros con una periodicidad de .................... hasta el cumplimiento total de .................... a fin de que se cumpla íntegramente la obligación establecida en el art. .................... del ....................

Segundo. Se adjunta el Modelo .................... para que proceda a la liquidación de la multa coercitiva impuesta conforme a lo establecido en el art. ....................

Para las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes: Desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente, o si fuera festivo, el inmediato hábil posterior.

Para las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes: Desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente, o si fuera festivo, el inmediato hábil posterior.

Si transcurrido el plazo indicado sin haber efectuado el ingreso, se procederá al cobro por la vía de apremio, con el recargo y los intereses de demora correspondientes.

Tercero. Notifíquese al interesado en cumplimiento de los artículos 40 y ss. de la LPAC, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los efectos oportunos.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, ante .................... , en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la LPAC. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88 de la LPACAP.

b) Escrito de oposición.

Expediente nº ....................

Asunto ....................

Procedimiento ....................

D/Dña. .................... , con DNI nº .................... mayor de edad y cuyas circunstancias personales constan en este expediente, ante .................... comparece y como mejor proceda,

EXPONE:

Que con fecha .................... le ha sido notificada .................... de fecha .................... dictada por .................... en el expediente mencionado, imponiendo a quien esto suscribe multa coercitiva de ..................... euros, cada .................... , en caso de no .................... (acto a ejecutar).

Que contra dicha resolución esta parte formula el presente escrito de oposición (o el recurso que corresponda), en virtud de las siguientes

ALEGACIONES

(O MOTIVOS, O HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO)

Primera .................... (que ya se ha procedido a realizar el acto, lo que se acredita mediante .................; etc.).

Segunda ....................

Tercera ....................

Por lo expuesto

SOLICITO: Tenga por presentado este escrito este escrito de oposición a la ejecución forzosa de .... , de conformidad con lo señalado en el mismo.

En .................... a ..... de ..... de ..........

Lugar, fecha, sello y firma


ÓRGANO, UNIDAD O CARGO ADMINISTRATIVO

COMENTARIO

En cuanto al título de la ejecución, señala el artículo 97 de la LPAC, que:

1. Las Administraciones Públicas no iniciarán ninguna actuación material de ejecución de resoluciones que limite derechos de los particulares sin que previamente haya sido adoptada la resolución que le sirva de fundamento jurídico.

2. El órgano que ordene un acto de ejecución material de resoluciones estará obligado a notificar al particular interesado la resolución que autorice la actuación administrativa.

La regla general se contiene en el artículo 98 LPAC, conforme al cual, los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo son inmediatamente ejecutivos, salvo que se produzca la suspensión de la ejecución del acto; se...

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