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Impugnación del recurso directo de revisión contra los decretos
Autor | Alberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Magistrado. Profesor de Derecho Administrativo/Letrado Jefe del IBSALUT. Letrado de la Seguridad Social |
Actualizado a | Marzo 2011 |
AL JUZGADO (AL JUZGADO CENTRAL) DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO/ A LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
(según corresponda).
Don ... Procurador de los Tribunales, en nombre y representación que tengo acreditada de D./Dª...., ante el Juzgado/la Sala, en el procedimiento ...... nº .... comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que con fecha ...... se me da traslado del recurso de revisión interpuesto por …. contra el decreto … del Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado/Sala de fecha ... por el que ... (indicar el contenido del mismo).
Que, dentro del plazo de cinco días conferido, de conformidad con el artículo 102 bis LJCA 29/1998, por medio del presente escrito se procede a la IMPUGNACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN citado, con base en los siguientes
MOTIVOS
Primero.-
Segundo.- ........
Tercero.- .............
Por todo lo expuesto y en su virtud,
AL JUZGADO/SALA SUPLICO: tenga por presentado este escrito y por interpuesto recurso de revisión contra el decreto dictado con fecha ...... y previos los trámites legales oportunos dicte Auto revocando el mismo por infracción de ......
Es justo en ...... (Lugar y fecha).
Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.
COMENTARIO
El artículo 102 bis de la LJCA 29/1998, añadido por el artículo 14.45 de Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, señala:
-
Contra las diligencias de ordenación y decretos no definitivos del Letrado de la Administración de Justicia cabrá recurso de reposición ante el Secretario que dictó la resolución recurrida, excepto en los casos en que la Ley prevea recurso directo de revisión.
El recurso de reposición se interpondrá en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la resolución impugnada.
Si no se cumplieran los requisitos establecidos en el párrafo anterior, se inadmitirá mediante decreto directamente recurrible en revisión.
Interpuesto el recurso en tiempo y forma, el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado de las copias del escrito a las demás partes, por término común de tres días, a fin de que puedan impugnarlo si lo estiman conveniente. Transcurrido dicho plazo, el Letrado de la Administración de Justicia resolverá mediante decreto dentro del tercer día.
-
Contra el decreto resolutivo de la reposición no se dará recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión al recurrir, si fuere procedente, la...
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