Solicitud Múltiple de: alta, baja y variación de datos en el Régimen General (Sistema Especial Agrario) - Trabajadores por Cuenta Ajena

Actualizado aEnero 2021
INSTRUCCIONESPARACUMPLIMENTAREL MODELO
GENERALES
SOLICITUDESDE ALTAQUE NO PUEDENREALIZARSE CON EL SIGUIENTE MODELO
1.DATOS RELATIVOSAL EMPRESARIO/A
3.MODALIDAD DE COTIZACIÓN
4.DATOS DE LOSTRABAJADORES
ESPECÍFICAS
-El documento deberá cumplimentarse a máquina o con letras mayúsculas, sin enmiendas ni tachaduras.
-Los espacios sobre fondo gris deben cumplimentarse por la Administración de la Seguridad Social.
Lassolicitudes de alta de trabajadores agrarios de empresas de trabajo temporal -E.T.T.-,las altas motivadas por contrataciones de interinidad cuya causa
sea alguna de las que determinan la aplicación de incentivos a la contratación, así como en aquellos casos en los que la contratación del trabajador sea
una subrogación de un contrato previo del trabajador con otro empresario, no se podrán realizar a través de éste modelo. El modelo a utilizar en estos
supuestosserá el TA. 0163.
Seindicará la denominación del empresario/a.
Elque tenga el trabajador/a según su categoría profesional.
Consignará el código del contrato de trabajo según las claves establecidas por la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social. En defecto de
claveespecífica, si el trabajador es fijo se anotará la clave 100 y si el trabajador es eventual se anotará la clave 401.
Seanotará únicamente, cuando la ocupación sea una de las que expresamente, figuran en la norma.
1.1-Razón social del empresario colectivo o nombre y apellidos del empresario individual.-
4.1-Grupo de cotización.-
4.2- Código.-
4.3-Ocupación AT/EP.-
Marquecon una “X” lo que proceda.
Campoobligatorio.4.4-Cinco Jornadas Reales / Semana según convenio colectivo.-
PROTECCIÓNDE DATOS.- A los efectos previstos en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (B.O.E. del 14-12-1999), de protección de datos
de carácter personal, se le informa que los datos consignados en el presente modelo serán incorporados al Fichero General deAfiliación, regulado por la Orden de
27-07-1994. Respecto de los citados datos podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos previstos en la indicada Ley
Orgánica15/1999.
PLAZO DE RESOLUCIÓN.- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución sobre la presente solicitud será de cuarenta y cinco días contados a partir de la
fecha de su entrada en el Registro de la Dirección Provincial de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social o Administración de la Seguridad Social competente
para su tramitación. El plazo indicado podrá ser suspendido cuando deba requerirse la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros
elementos de juicio necesarios, así como en el resto de los supuestos del art. 22.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de
las Administraciones Públicas. Transcurrido el citado plazo sin que recaiga resolución expresa, la solicitud podrá entenderse estimada, lo que se comunica a
efectosde lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 39/2015 .
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