Estatutos de un complejo inmobiliario privado

AutorAlfonso Delgado
Actualizado aDiciembre 2013

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

ARTÍCULO 1. Los presentes Estatutos regulan el Complejo «…………………..» respecto a su configuración, destino, elementos privativos y comunes, seguros, conservación y reparaciones, al amparo de lo establecido en el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal. Para que sean conocidos por terceros quedan inscritos en el Registro de la Propiedad.

CAPÍTULO II

Elementos comunes y privativos

ARTÍCULO 2. El Complejo inmobiliario « ………………………» está compuesto por 20 viviendas unifamiliares, una piscina comunitaria, una zona ajardinada, un parque infantil y dos pistas de tenis.

Queda constituido como una sola Comunidad de propietarios, según dispone el artículo 24.2 a) de la Ley de Propiedad Horizontal.

ARTÍCULO 3. Las cuotas de participación correspondientes al Complejo «……………………» son las siguientes:

Vivienda nº 1: 4% Vivienda nº 11: 6%

Vivienda nº 2: 4% Vivienda nº 12: 6%

Vivienda nº 3: 4% Vivienda nº 13: 6%

Vivienda nº 4: 4% Vivienda nº 14: 6%

Vivienda nº 5: 4% Vivienda nº 15: 6%

Vivienda nº 6: 4% Vivienda nº 16: 6%

Vivienda nº 7: 4% Vivienda nº 17: 6%

Vivienda nº 8: 4% Vivienda nº 18: 6%

Vivienda nº 9: 4% Vivienda nº 19: 6%

Vivienda nº 10: 4% Vivienda nº 20: 6%

ARTÍCULO 4. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 396 del Código civil, tienen la consideración de elementos comunes los siguientes:

– Las dos pistas de tenis, las cuales están situadas al Norte y al Sur del Complejo inmobiliario.

– La piscina, ubicada en la parte Este.

– El jardín y el parque infantil.

– La garita de vigilancia.

– El departamento procomunal.

CAPÍTULO III

Fondo de Reserva y Seguros

ARTÍCULO 5. El fondo de reserva se fija en un 25% del presupuesto ordinario. Su finalidad es atender las obras de conservación y reparación del complejo, los gastos de mantenimiento permanente y la contratación de un seguro que cubra los daños causados en el mismo.

ARTÍCULO 6. La comunidad contratará una póliza de responsabilidad civil del complejo inmobiliario, cuya cobertura y cuantía será determinada por la Junta; todo ello, sin perjuicio de las distintas pólizas que cada propietario disponga de forma privada sobre su vivienda.

CAPÍTULO IV

Órganos de gobierno

ARTÍCULO 7. Los órganos de gobierno del Complejo inmobiliario son:

– Junta de propietarios.

– Presidente.

– Vicepresidente.

– Secretario.

– Administrador.

La elección de Presidente y Vicepresidente será por turno rotatorio. El Secretario será elegido por votación.

El nombramiento de los órganos de gobierno será por el plazo de 2 años.

ARTÍCULO 8. De acuerdo con lo establecido en el art. 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, la Junta de propietarios se reunirá al menos una vez al año con la finalidad de aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo estime oportuno el Presidente del complejo inmobiliario o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25% de las cuotas de participación.

ARTÍCULO 9. Las Juntas...

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