Escrito de sucesión en el procedimiento de adjudicación de contratos públicos

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aMayo 2018





D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ......, y dirección C/ ..................................... de .......... [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de .... [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], por medio del presente escrito, y de conformidad con el artículo 144 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, DECLARA:


Que la empresa........ se extinguió [o ha sido absorbida] como consecuencia de .....

Que la empresa ...... es la sociedad absorbente [o la resultantes de la fusión, la beneficiaria de la escisión o las adquirente del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad], y que reúne las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar. A estos efectos se adjuntan .............

Asimismo, y a fin de acreditar su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación se aportan ........................... [certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público; etc.].


Por todo lo expuesto,


SOLICITA: Que de conformidad con lo previsto en el artículo 144 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, se tenga por sucedida a la empresa ............, por la empresa ......... como consecuencia de ......... en el procedimiento de contratación ............ (número de expediente .......).


Lugar, fecha, sello y firma

.............................................


ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]


Comentario

El artículo 144 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público establece:

“Si durante la tramitación de un procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese una operación de fusión, escisión, transmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá a la empresa licitadora o candidata en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibición de contratar y acredite su solvencia y clasificación en las...

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