Escrito solicitando el fraccionamiento de la pena de privación del permiso de conducir

AutorvLex
Actualizado aNoviembre 2021




Autos _____/__

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN/DE LO PENAL NÚM. __ DE ___________

D./Dª. ______________, Procurador/a de los Tribunales y de D./Dª ___________, según consta debidamente acreditado en los autos al margen citados, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO:

Que por medio del presente escrito, y en virtud del art. 50.6 del Código Penal, formulo SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE LA PENA DE PRIVACIÓN DEL PERMISO DE CONDUCIR impuesta a mi mandante en Sentencia núm. ____/__ de fecha ______, y ello en base a las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- Que en fecha _____ se dictó Sentencia núm. ___/__ condenando a mi representado/a a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por ___ meses, habiendo devenido firme la misma en fecha _____.

SEGUNDA.- Que dadas las circunstancias personales y laborales de mi mandante, el uso del vehículo es esencial y determinante en su vida diaria. El condenado es ________ de profesión, motivo por el cual necesita mantener el derecho a conducir durante su jornada laboral.

[Explicar y acreditar las circunstancias personales o laborales del condenado por las que no puede prescindir del vehículo durante determinados días a la semana, como pueden ser la necesidad de desplazamientos para atender a algún familiar sin que haya nadie que lo pueda suplir en su función, o los bajos ingresos del condenado y el hecho de que de su actividad profesional dependan económicamente sus descendientes menores de edad]

TERCERA.- El Auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 26 de septiembre de 2012 [j 1] sostiene que en el Código Penal no existe ningún precepto que impida el cumplimiento fraccionado de la pena.

El art. 47 del Código Penal se limita a regular que la pena de privación del permiso de conducir tendrá la duración que se establezca lo que no habría de impedir la interpretación de que, manteniendo el cómputo global del número de días que una persona no debe conducir, esos puedan cumplirse en periodos fraccionados. Partiendo de lo anterior, de la posibilidad de pago fraccionado de la pena de multa - cfr. art. 50 del Código Penal - y de que el art. 67 de la Ley de Seguridad Vial permite "el cumplimiento de la sanción de la suspensión de la autorización para conducir puede fraccionarse en la forma que reglamentariamente se determine", y en el caso específico que se resuelve - por su propia excepcionalidad, habida cuenta de la condición de conductor profesional del recurrente y haber...

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