Escrito de oposición al secuestro o intervención de la concesión de obras públicas

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aAbril 2018






Expediente de contratación nº ……….


D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. [además, en su caso, teléfono, fax, etc.] actuando en representación de .... [en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017], como mejor proceda en Derecho, EXPONE:


Que con fecha ................, mediante ............., le ha sido notificada la apertura del trámite de audiencia previsto en el artículo 263 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el expediente de ……. [secuestro o intervención de la concesión en los casos en que el concesionario no pueda hacer frente, temporalmente y con grave daño social, a la explotación de la obra por causas ajenas al mismo o incurriese en un incumplimiento grave de sus obligaciones que pusiera en peligro dicha explotación].

Que por medio del presente escrito, en relación al expediente de contratación núm. ...../....., que se sigue ante este Órgano Administrativo, vengo a formular las siguientes


ALEGACIONES


Primera.- ........ [razones y argumentos. Que no se cumplen los requisitos legales, etc. Si el concesionario, dentro del plazo que se le hubiera fijado, no corrigiera la deficiencia se ejecutará el secuestro o intervención].

Segunda.- .......

Tercera.- .........


Que esta parte, a efectos de acreditar lo expuesto, aporta los siguientes documentos y solicita la práctica de los siguientes medios de prueba:

1º.- ........

2º.- .......

3º.- .........


Por lo expuesto, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 263 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,


SOLICITA: Que se tenga por evacuado el trámite preceptivo de audiencia, tomándose en consideración, lo anteriormente manifestado y, en consecuencia, se proceda a .....


Lugar, fecha, sello y firma

.............................................


ÓRGANO DE CONTRATACIÓN [O Unidad que tramita el expediente de contratación]


Contenido
  • 1 Comentario
  • 2 Legislación básica
  • 3 Legislación citada
  • 4 Jurisprudencia citada
Comentario

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dedica los artículos 247 y ss. al contrato de concesión de obras. Al regular el secuestro o intervención de la concesión, el artículo 263 LCSP 2017, dispone:

1. Requisitos

El órgano de contratación, previa audiencia del concesionario, podrá acordar el secuestro o intervención de la concesión en los casos en que el concesionario no pueda hacer frente, temporalmente y con grave daño social, a la explotación de la obra por causas ajenas al mismo o incurriese en un incumplimiento grave de sus obligaciones que pusiera en peligro dicha explotación. El acuerdo del órgano de contratación será notificado al concesionario y si este, dentro del plazo que se le hubiera fijado, no corrigiera la deficiencia se ejecutará el secuestro o intervención. Asimismo, se podrá acordar el secuestro o intervención en los demás casos recogidos en esta Ley con los efectos previstos en la misma.

Por tanto, el secuestro o intervención es una...

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