Escrito de oposición a la ejecución de gastos extraordinarios

AutorCarolina Muñiz
Cargo del AutorAbogada. Socia Fundadora Firma 10 Abogados
Actualizado aNoviembre 2022




Juzgado 1ª instancia ……….

Autos Juicio Ejecución………….

A L J U Z G A D O

DON/DOÑA…., Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de DON/DOÑA……, representación que acreditaré en el momento procesal oportuno mediante escritura de poder/designación en turno de oficio del Ilustre Colegio de Procuradores/designación apud acta, y bajo la dirección jurídica de ……con nº de colegiado….., ante este Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, respetuosamente D I G O:

Que mediante el presente escrito, y dentro del plazo conferido, al amparo de los artículos 556 y ss. de la LEC, formalizo ESCRITO DE OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN despachada a instancia de DON/DOÑA …., invocándose la nulidad del despacho de ejecución por falta de acuerdo o comunicación previa de los gastos entre los progenitores, al amparo del art. 559.1.3º LEC, de conformidad con los siguientes,

H E C H O S

PRIMERA.- Título judicial del que dimana la ejecución

En la demanda ejecutiva se solicita el despacho de ejecución, del pronunciamiento que se recoge en la sentencia de divorcio de fecha ……. , que decreta que DON….. sufragara´ el 50% de los gastos extraordinarios que puedan producirse.

En dicha resolución se enumeran como gastos extraordinarios aquellos gastos médicos no incluidos en la previsión de la Seguridad Social, tales como los derivados de tratamientos odontológicos, oftalmológicos y similares. Así como aquellos gastos escolares que excedan de los ordinarios propios de asistencias a colonias y campamentos de verano, clases particulares de refuerzo y apoyo, y material escolar requerido para ello.

La parte ejecutante reclama como gastos extraordinarios relativos al hijo menor, la cantidad total de ……...euros de principal, que se corresponden con la 1/2 de lo que debe abonar cada progenitor por el concepto de gasto de campamento de verano.

SEGUNDO.- Gastos extraordinarios

Para evitar conflictos, los gastos extraordinarios deben ser consentidos antes de su pago por ambos progenitores con el objeto de que cada uno de ellos pueda opinar sobre su conveniencia o su cuantía y, a falta de acuerdo, deben ser autorizados judicialmente.

En el caso presente no ha existido ningún conflicto de interpretación respecto de si lo reclamado por la contraparte es un gasto extraordinario, toda vez que la sentencia así lo establece.

La parte ejecutante alega que con fecha ……remitió carta al Sr. en el que le comunicaba su intención de enviar al hijo menor a ……durante un periodo de …. semanas en verano.

Que a pesar de que, mi poderdante contestó a dicha comunicación oponiéndose, por no poder asumir dicho gasto, habida cuenta su precaria situación económica, la ejecutante haciendo caso omiso, procedió a realizar el pago de dicho gasto, para posteriormente reclamárselo. Se acompaña como doc. 1, carta burofax en la que se deniega el consentimiento y por tanto su negativa a asumir dicho gasto como extraordinario.

Posteriormente, le reitera su negativa a abonar los gastos en el extranjero del hijo menor, así como a cualquier gasto extraordinario que no pacten en concepto y cuantía.

TERCERO.- Es palmario y no cabe duda que el ejecutado siempre manifestó su oposición al gasto relativo al campamento del hijo menor en el extranjero, dejando meridianamente clara su postura de no consentirlo.

Los gastos extraordinarios, según doctrina reiterada y numerosa jurisprudencia, deben ser consentidos previamente a su devengo por ambos progenitores a fin de que cada uno de ellos pueda opinar sobre su conveniencia o su cuantía y, a falta de acuerdo, que sea autorizado judicialmente. Solo si se cumplen estas condiciones es factible que uno pueda exigir del otro su respectivo pago.

Es evidente que, en beneficio e interés del menor, cualquier progenitor puede hacer aquellos gastos que considere oportunos. No obstante, a fin de poder ejercer un derecho de repetición frente al otro progenitor, en reclamación de la parte que corresponde a este de ese gasto, es necesario que dicho gasto se haga con conocimiento y consentimiento del progenitor a quien se reclama el pago o, en su defecto, se haga con autorización judicial, salvo en casos de urgencia, que no es el caso.

Por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR