Oposición a ejecución hipotecaria por extinción de la garantía o de la obligación garantizada

AutorvLex
Actualizado aJulio 2019





Procedimiento de ejecución hipotecaria nº______


AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº______ DE


Don/Doña______Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de______, según tengo acreditado en los autos nº______., proceso de ejecución hipotecaria , y bajo la dirección Letrada de Don/Doña______ , comparezco ante el Juzgado y, como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por medio del presente, vengo a formular escrito de oposición al proceso de ejecución hipotecaria iniciado contra mi representada, basándome expresamente en la causa prevista en el número uno del apartado 1 del artículo 695 de la LEC, basado en los siguientes


HECHOS


PRIMERO-. Extinción de la obligación garantizada.

Las cantidades reclamadas a mi representada no son debidas ya que se ha producido la extinción de la obligación garantizada.

Mi representante cumplió con todas las cuotas hipotecarias para el pago de la deuda garantizada. Se aportan como Documento núm. 1 los justificantes de los pagos de los plazos pactados por mi representado que ascienden a un total de ______ .


SEGUNDO-. Se presenta certificación del Registro expresiva de la cancelación de la hipoteca [o, en su caso, de la prenda sin desplazamiento, o escritura pública de carta de pago o de cancelación de la garantía] como Documento núm. 2.


FUNDAMENTOS DE DERECHO


COMPETENCIA.- Esta parte acepta la competencia del juzgado al que tengo el honor de dirigirme para conocer de la presente ejecución y en consecuencia de su oposición.

LEGITIMACIÓN.- De acuerdo con los mencionados de contrario, en cuanto a al planteamiento de la relación jurídico procesal, en particular el artículo 556.1 de la LEC al ser parte ejecutada en el presente proceso ejecutivo.

PROCEDIMIENTO.- En cuanto a la oposición de la ejecución serán aplicables los artículos 556 y 695 LEC con suspensión de la ejecución de conformidad de acuerdo con el artículo 695.2 LEC.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA.- Será de aplicación el artículo 695.1.1º LEC mediante el cual se admite la oposición del ejecutado cuando se de la extinción de la obligación garantizada.

COSTAS.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 539.2 LEC estimada esta oposición procederá la imposición de las costas a la parte ejecutante.


En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el 695.1.1º LEC,


SUPLICO AL JUZGADO que, teniendo por presentado este escrito junto con sus copias, se acuerde por el Letrado de la Administración de...

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