Demanda de acción reivindicatoria de bien mueble
Autor: | vLex |
Acción ejercitada por el propietario del bien mueble, legitimado por el art. 348 del Código Civil, donde dispone que el propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla.
Don/ña ……………., Procurador/a de los Tribunales y de Don/ña……………..con DNI…………, cuya representación acredito mediante escritura de poder otorgada en fecha ………… ante Notario adjuntándola al presente escrito como documento nº 1, y que solicito que una vez testimoniada en autos, me sea devuelta por precisarla para otros usos, y bajo la dirección del letrado Don/ña …………………. con nº de colegiado ……………. con despacho profesional situado en ………………… a efectos de notificaciones, ante el Juzgado comparezco y como mejor en Derecho proceda,
DIGO:
Que mediante el presente escrito vengo a interponer DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO/VERBAL EN EJERCICIO DE ACCIÓN REIVINDICATORIA sobre el bien mueble…………….., en base al art. 348 del Código Civil (CC), contra Don/ña ……………., en base a los siguientes,
PRIMERO.- Que mi representado, es legítimo propietario del bien ………….. [describir bien mueble objeto del litigio].
Se adjunta como documento nº 2 el documento ………. acreditativo de la titularidad del bien mueble en cuestión.
SEGUNDO.- Que en fecha…….. el bien desapareció del patrimonio de mi representado, causándole ………… [relatar la lesión sufrida a causa de la posesión injustificada del bien].
TERCERO.- Que en fecha ……………. mi representado localizó el bien de su propiedad en …………., estando el mismo en posesión de don/ña ……………..
Se adjunta como documento nº 3 cualquier indicio acreditativo de que es el mismo bien.
CUARTO.- Que una vez localizado el bien, mi representado intentó ponerse en contacto con la parte demandada para recuperarlo proponiendo las siguientes soluciones: …………… que fueron rechazadas por la parte contraria.
QUINTO.- ………. [Añadir cualquier hecho se que crea relevante].
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,
I.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Corresponderá a los Juzgados y Tribunales españoles y al orden jurisdiccional civil en base a los arts. 21 y 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y en base al art. 50. 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) la competencia territorial corresponderá al tribunal del domicilio del demandado.
Y es competente el presente Juzgado de primera instancia en base a los arts. 85 de la LOPJ y 45 de la LEC.
II.- CAPACIDAD: Ambas partes están legitimadas en el presente proceso en base al art. 6 y ss LEC:
"1. Podrán ser parte en los procesos ante los tribunales civiles: 1º. Las personas físicas".
III.-REPRESENTACIÓN Y...
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