Demanda de juicio monitorio en reclamación de cantidad al avalista

AutorvLex
Actualizado aSeptiembre 2022




Don/Dña. _______________, Procurador/a de los Tribunales adscrito al Ilustre Colegio de Procuradores de ___________, actuando en nombre y representación según (designa Apud Acta que se formalizará cuando para ello sea requerido) de Don/Dña. _______________, mayor de edad, casado/a [añadir estado civil correspondiente], con D.N.I.___________, con domicilio en C/ _________________nº ___ de la localidad de __________, bajo la dirección Letrada de Don/Dña. ________________, con número de colegiado _________, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por medio del presente escrito formulo DEMANDA DE JUICIO MONITORIO, contra Don/Dña. ____________, mayor de edad, con D.N.I.__________, con domicilio en C/ _____________ nº ___ de _______, en reclamación de la suma de _________ € en base a los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Mi mandante vendió, en diversas fechas, productos de su comercio al hoy demandado dejando este por adeudar la factura no. _________ de fecha ______, por importe de ________ €.

Se acompaña factura original reseñada, conocimiento de embarque del envío de dicha factura, como docs. Nos. 1 y 2. La mercancía fue enviada y aceptada de plena conformidad por el hoy demandado.

SEGUNDO.- Verificadas gestiones posteriores [detallar cuáles han sido las gestiones llevadas a cabo para cobrar la deuda. Hay que señalar, que el art. 1830 del Código Civil (CC) establece la garantía al fiador conforme no será compelido a pagar al acreedor sin hacerse antes excusión de todos los bienes del deudor] a fin de lograr que Don/Dña. ________________ pagara la deuda, pero sin que hasta la fecha haya satisfecho su importe. Por tanto, esta parte, ante la temeridad del deudor principal de no satisfacer el importe reclamado, se ha visto obligado a demandar a Don/Dña. ________________ en condición de avalista según lo dispuesto en el art. 1822 del CC.

TERCERO.- [Rellenar con hechos relevantes del caso]

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Corresponde a los órganos jurisdiccionales del orden civil el conocimiento del presente procedimiento, según se dispone en los artículos 36, 45, 50 y 813 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y por tener el deudor el domicilio en este partido judicial.

SEGUNDO.- LEGITIMACIÓN.- Ambos cónyuges están legitimados activa y pasivamente para intervenir en la litis, según reconoce el art. 10 de la LEC. Conforme a los artículos 6.1.1º de la L...

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