Demanda de nulidad de contrato de préstamo entre particulares por intereses usureros

AutorvLex
Actualizado aSeptiembre 2022




AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ___________ QUE POR TURNO CORRESPONDA

Don/Dña. _______________, Procurador/a de los Tribunales adscrito al Ilustre Colegio de Procuradores de ___________, actuando en nombre y representación según (designa Apud Acta que se formalizará cuando para ello sea requerido) de Don/Dña. _______________, mayor de edad, casado/a [añadir estado civil correspondiente], con D.N.I.___________, con domicilio en C/ _________________nº ___ de la localidad de __________, bajo la dirección Letrada de Don/Dña. ________________, con número de colegiado _________, comparezco ante el Juzgado y como mejor proceda en derecho, DIGO:

Que por medio del presente escrito formulo demanda de DEMANDA NULIDAD DE CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE PARTICULARES POR INTERESES USUREROS según lo establecido en los artículos 1 y 3 de la Ley Azcárate de Represión de la Usura (Ley de 23 de julio de 1908) en base a los siguientes,

HECHOS

PRIMERO.- Que en fecha __ de _________ de ______ mi representado firmó un préstamo con Don/Doña ____________ que le obliga al pago de _______€, en el periodo de ____________, recogido en en el contrato ____, que se adjunta como documento número _.

SEGUNDO.-Que en dicho contrato constan unos intereses de _____, y constituyen un claro caso de usura ya que superan notablemente al normal del dinero, y es, además, manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, firmado en condiciones tales que resulta leonino. El préstamo fue aceptado por Don/Doña ________, mi mandante, ya que debido a [su situación angustioso o inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales].

TERCERO.- [Explicar aquellas circunstancias necesarias para sustentar la demanda]

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Corresponderá al orden jurisdiccional civil conocer del asunto en base al art. 36 Ley de Enjuiciamiento Civil y artículos. 21 y 22 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Es competente el Juzgado al cual nos dirigimos conforme a lo dispuesto en el art. 45 de la LEC y en el 85 de la LOPJ.

SEGUNDO.- CAPACIDAD PROCESAL Y LEGITIMACIÓN: Conforme a los artículos 6.1.1º de la LEC, tienen capacidad para ser parte las personas físicas, y a tenor de los artículos 7.1 de la LEC, podrán comparecer en juicio todas las personas. Mi representado está legitimado activa y pasivamente para intervenir en la litis en base al art. 6.1.1º de la LEC, y tiene...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR