Demanda de ejecución forzosa de auto de medidas provisionales

AutorvLex
Actualizado aFebrero 2024




AL JUZGADO NÚM. _____ DE _____


D._______ , Procurador/a de los Tribunales, en nombre de D.______ representación que consta acreditada en los autos de divorcio contencioso núm. ___________ , asistido/a por el Letrado/a D. ___, colegiado/a nº ___ del Colegio de Abogados de ___, ante el Juzgado comparezco y DIGO:

Que mediante el presente escrito, al amparo de lo previsto en el art. 776 de la LEC, formulo demanda de ejecución forzosa del auto de medidas provisionales de fecha ____, contra D./Dª ____, con domicilio en la C/ ____ nº ____, basándose en los siguientes,


HECHOS


PRIMERO.- Que con fecha ____ de ____ de ___, mi representado solicitó la adopción de medidas provisionales junto con la junto con la demanda de divorcio contra su cónyuge D._____.


SEGUNDO.- Que en fecha ____el Juzgado al que nos dirigimos dictó auto por la que se acordaba la adopción de la siguientes medidas provisionales


1º.- Atribución del uso de la vivienda familiar: ____.

2º.- Atribución de la guarda y custodia : ____.

3º.- Pensión de alimentos a favor del hijo menor de edad: ____.

Aportamos como documento nº 1 testimonio del Auto.


TERCERO.- Que desde que se dictó el Auto D.____ ha venido incumpliendo sistemáticamente lo acordado, no habiendo abonado en concepto de pensión de alimentos la cantidad de _____ euros mensuales, adeudando a la fecha de la presentación de la presente demanda ejecutiva la suma de ________ €.

CUARTO.- Que mi representado le ha requerido en varias ocasiones el cumplimiento de la obligación sin obtener respuesta.

Aportamos como documento nº2 burofax de la reclamación.

QUINTO.- Por todo ello formulo demanda de ejecución forzosa contra D.___ con el objetivo de que se cumpla la obligación de D. ____ de abonar la suma de ____ euros en concepto de pensión alimenticia para su hijo menor de edad ____, bajo los apercibimientos legales en caso de incumplimiento en los términos del art. 776.1 LEC.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes,


FUNDAMENTOS DE DERECHO


COMPETENCIA.- Es competente para la ejecución de la sentencia el mismo órgano judicial que la dicto, al amparo del art. 545 de la LEC.

PROCEDIMIENTO.- Al ser una ejecución dineraria se tramitará de acuerdo con los arts. 571 y ss de la LEC, por remisión de lo dispuesto en el artículo 776 del mismo cuerpo legal.

LEGITIMACIÓN.- Conforme al art. 538 de la LEC, ostenta legitimación activa mi representado como acreedor en el título ejecutivo

TÍTULO EJECUTIVO.- Conforme al art. 517.2.9...

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