Demanda de ejecución de sentencia sobre rendición de cuentas

AutorvLex
Actualizado aJulio 2019




AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE …………. 

Don/ña…………….. procurador de los tribunales, que actúa en nombre y representación de Don/ña ………………, de nacionalidad española con DNI ………….. y domicilio en ……………………, según acredito mediante copia de escritura pública que solicito que una vez testimoniada en autos, me sea devuelta por precisarla para otros usos, y bajo la dirección del letrado don/ña …………………. con nº de colegiado ……………. con despacho profesional situado en ………………… a efectos de notificaciones, ante el Juzgado comparezco y como mejor en Derecho proceda DIGO 

Que por medio del presente escrito vengo a formular DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA contra don/doña ……………….. con DNI nº……………., y domicilio en …………………., para que lleve a cabo la rendición de cuentas determinando la cuantía de las rentas adeudadas a mi mandante, en base a los siguientes 

HECHOS 

Primero.- Que esta parte formuló demanda contra Don/ña…………….. por la siguiente causa:………………….., y la cual fue admitida a trámite por el presente Juzgado en fecha…….. 

Segundo.- Que en fecha ……… se dictó sentencia admitiendo todos los hechos y peticiones de esta parte y condenando a la parte demandada a lo siguiente:................, y deviniendo firme en fecha ……………… 

Tercero.- Que a fecha ……………. aún no se ha procedido a determinar la cuantía a que asciende la rendición de cuentas de la administración solicitada por esta parte. 

[Adjuntar y enumerar los documentos necesarios para la fundamentar los anteriores hechos]. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO 

Primero.- COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN: La jurisdicción civil viene determinada por lo dispuesto en el art. 36.1 LEC, mientras que la competencia del presente Juzgado de Primera Instancia viene recogida por el art. 45 LEC

Segundo.- CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN: La capacidad de las partes está dispuesta en el art. 6 y ss LEC, y legitimado en base al art. 712 y ss LEC

Tercero.- PROCEDIMIENTO: Se seguirá el procedimiento previsto en los arts. 712 y ss LEC: Se procederá del modo que ordenan los artículos siguientes siempre que, conforme a esta Ley, deba determinarse en la ejecución forzosa el equivalente pecuniario de una prestación no dineraria o fijar la cantidad debida en concepto de daños y perjuicios o de frutos, rentas, utilidades o productos de cualquier clase o determinar el saldo resultante de la rendición de cuentas de una administración. 

Cuarto.- MOTIVOS DE FONDO: En base al art. 720 LEC que dispone lo siguiente: Las disposiciones contenidas en los artículos...

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