Cláusula de confidencialidad en el tratamiento de datos personales

AutorAlberto Palomar/Javier Fuertes
Cargo del AutorMagistrado y Profesor Titular -Acred- de Derecho administrativo / Doctor en Derecho. Magistrado suplente)
Actualizado aOctubre 2018

Contenido
  • 1 Formulario
  • 2 Comentario
  • 3 Legislación básica
  • 4 Legislación citada
Formulario

Las partes contratantes manifiestan conocer el Reglamento 2016/679/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos (art. 5.1 del Reglamento 2016/679/UE)

La Parte [el trabajador, asesor, colaborador, prestador del servicio] se compromete a guardar total confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso y cuyo tratamiento, en los términos del art. 3.2, Reglamento UE 2016/679/UE , efectúe en razón de este contrato, de manera que toda la información y, en especial, los datos personales a los que tenga acceso será utilizada con el único fin de cumplir con el objeto de este contrato y conforme a los principios de licitud, lealtad y confidencialidad.

La Parte... [el trabajador, asesor, colaborador, prestador del servicio] se compromete a:

  • No hacer uso distinto, ni tratar de forma distinta a la establecida, los datos personales a los que pudiera tener acceso.
  • No hacer uso en su beneficio, ni en el de terceros, de los datos personales a los que pudiera tener acceso.
  • No copiar, ni reproducir, ni poner a disposición de terceros los datos personales a los que pudiera tener acceso.

[En el caso de prestadores de servicios, encargados de tratamientos, entidades...]

La Parte [que será una entidad o persona física con empleados] se compromete a cumplir con el principio de confidencialidad establecido en las normas que regulan la protección de datos de carácter personal y se obliga a responder por el incumplimiento de las obligaciones que se establecen en la presente cláusula/estipulación incluso cuando el incumplimiento se produjera por su personal.

Comentario

El Reglamento 2016/679/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, exige que la confidencialidad del tratamiento de los datos personales al establecer que los datos serán tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas}} (art. 5.1 f).

En este sentido el art. 24, Reglamento UE dispone que, como parte de la responsabilidad del responsable del tratamiento, éste aplicará medidas...

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