Capítulos matrimoniales para regular aportaciones distintas de los consortes

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aEnero 2022



Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo
  • 3 Comentario
    • 3.1 Caso concreto
    • 3.2 Capítulos según el Código Civil
    • 3.3 Registro Civil
    • 3.4 Capítulos en las legislaciones forales y territoriales
      • 3.4.1 Derecho de Galicia
      • 3.4.2 País Vasco
      • 3.4.3 Islas Baleares
      • 3.4.4 Cataluña
      • 3.4.5 Navarra
      • 3.4.6 Aragón
  • 4 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *.

COMPARECEN:

Los cónyuges, casados en régimen legal de gananciales (o el que esté vigente), DON * Y DOÑA *, mayores de edad, vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF * y *, respectivamente, vigentes.

Me acreditan ser de vecindad civil * (en su caso, expresa la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.).

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de CAPÍTULOS MATRIMONIALES y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de CAPÍTULOS MATRIMONIALES y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de CAPÍTULOS MATRIMONIALES y EXPONEN:

Que con motivo del matrimonio celebrado entre los dos comparecientes, el día * (único matrimonio que tanto él como ella han contraído), quieren otorgar la presente escritura de CAPÍTULOS MATRIMONIALES, de acuerdo con los siguientes PACTOS}}

PRIMERO.- Su matrimonio se rige por el régimen de *.

SEGUNDO.- Actualmente constituye la vivienda familiar el Piso sito en *, calle de *, que es propiedad de la esposa (o del esposo).

TERCERO.- Don/ña * ha aportado la cantidad de * Euros para obras y equipamiento del piso dónde viven, lo cual reconoce en este acto Doña/on * se compromete a devolver a su esposo (o su esposa) la mencionada cantidad (valor hoy) en caso de separación o divorcio.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.- Se han hecho las reservas y advertencias legales; en particular, y a efectos fiscales, he advertido a los comparecientes de la obligación de presentación de la documentación a liquidación dentro de plazo y en general de las responsabilidades tributarias que les incumben en su aspecto material, formal y sancionador, y de las consecuencias de toda índole que se derivarían de la inexactitud de sus declaraciones.

Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman.

Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, teniendo, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público; manifiestan que no han ordenado medidas voluntarias de apoyo y sin que hayan mostrado signos que, a mi juicio, indiquen la necesidad o conveniencia de acudir a dichas medidas para esta finalidad; asimismo doy fe del cumplimiento de las demás formalidades legales.

Y de su contenido, DOY FE.-

Comentario

Puede verse el análisis y enlaces a trabajos de autores sobre la materia objeto de este formulario en la Obra del mismo autor «Práctico Derecho de Familia» y, en especial, están relacionados con este formulario los temas:

Caso concreto

Es frecuente que a jóvenes que se casan les preocupe que la vivienda esté sólo a nombre de uno de ellos, cuando el otro ha hecho determinadas aportaciones económicas para su adquisición, para pagar la hipoteca, para mejoras, etc. Resulta que, muchas veces, estamos ante viviendas protegidas, escrituradas sólo a un nombre (por tener un mejor interés subsidiado u otras ayudas) y no se puede vender durante cinco o diez años, etc. (según la fecha de la pertinente Resolución); hace falta regular esta situación y una manera puede ser otorgar Capítulos matrimoniales según el modelo que precede.

Se trata, por lo tanto, de un modelo de capítulos que tiene por objeto regular la situación cuándo unos de los consortes ha aportado de más a la casa y se quiere prever una separación o muerte con institución a favor de otras personas.

Hay que advertir que si las obras se han hecho en el domicilio familiar, éste ya no podrá ser vendido, aunque sea sólo de un consorte, ni hipotecar o gravar sin el consentimiento del otro.

Se complementa con unas posibles disposiciones mortis causa; es aconsejable aprovechar estos Capítulos para regular la sucesión de la manera que se estime más adecuada por los interesados.

Capítulos según el Código Civil

El Código Civil admite las capitulaciones antes o después de la celebración del matrimonio, exigiendo escritura pública.

Capacidad:

Se exige la normal para contratar con las siguientes precisiones:

«El menor no emancipado que con arreglo a la Ley pueda casarse podrá otorgar capitulaciones, pero necesitará el concurso y consentimiento de sus padres o tutor, salvo que se limite a pactar el régimen de separación o el de participación».

La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, vigente el 3 de septiembre de 2021, ha suprimido el art. 1330 CC, que antes decía que «El incapacitado judicialmente sólo podrá otorgar capitulaciones matrimoniales con la asistencia de sus padres, tutor o curador».

Contenido: En relación a su contenido, el art. 1328 del Código Civil se limita a decir:

«Será nula cualquier estipulación contraria a las Leyes o a las buenas costumbres o limitativa de la igualdad de derechos que corresponda a cada cónyuge».

Modificación: Si la Modificación del régimen afectare a derechos concedidos por personas que hayan comparecido en anteriores Capitulaciones, se necesita su asistencia y concurso (si viven) cuando la modificación afectare a derechos concedidos por tales personas. (art. 1331 del Código Civil).

NOTA: El Notario, si fuere el caso, deberá poner nota en la matriz de los anteriores Capítulos (u oficiar al Notario autorizante) y dejar constancia de ello en las copias expedidas o que se expidan y si contienen, además, pactos sucesorios remitir el pertinente parte al Colegio para el Registro General de Actos de última Voluntad.

Además, el art. 60 de la Ley del Registro Civil (Ley 20/2011, de 21 de julio) dispone en el segundo párrafo del número 2 :

Otorgada ante Notario escritura de capitulaciones matrimoniales, deberá éste remitir en el mismo día copia autorizada electrónica de la escritura pública al Encargado del Registro Civil correspondiente para su constancia en la inscripción de matrimonio. Si el matrimonio no se hubiera celebrado a la fecha de recepción de la escritura de capitulaciones matrimoniales, el Encargado del Registro procederá a su anotación en el registro individual de cada contrayente.

Elementos reales:

a). Contenido admisible:

Las capitulaciones matrimoniales puede tener:

  • Su contenido típico, que es el de pactar un régimen económico para evitar que las relaciones económicas de los cónyuges se rijan por el régimen supletorio legal de la sociedad de gananciales o es el modificar éste o cualquier otro régimen anterior (supletorio legal o convenido).
  • Un contenido atípico, más o menos o nada relacionados con el matrimonio, a saber:
    • Donaciones. En defecto de pacto en capitulaciones, la gestión y disposiciones de los bienes gananciales corresponde conjuntamente a los cónyuges, sin perjuicio de lo que se determina en los artículos siguientes.
    • Pactos sucesorios como mejoras (artículo 827 del Código Civil) o promesas de mejorar o no mejorar (artículo 826 del Código Civil) o delegación de la facultad de mejorar (artículo 831 del Código Civil).
    • Negocios totalmente ajenos al matrimonio, algunos previstos por el legislador como el reconocimiento de un hijo extramatrimonial (art. 186 del Reglamento del Registro Civil); son documentos públicos aptos para el reconocimiento la escritura pública, el acta civil de la celebración del matrimonio de los padres, el expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo, las capitulaciones matrimoniales y el acto de conciliación) u otros de cualquier tipo, aprovechando el carácter de escritura pública que se exige para otorgar capitulaciones (cualquier adquisición, transmisión, constitución de derecho real, etc.)
    • Pacto de que ambos cónyuges de contribuir a las cargas familiares y del matrimonio proporcional a sus ingresos y si no son suficientes, a sus patrimonios.
    • Consideración del trabajo en casa y el cuidado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR