Alegaciones sobre interés casacional objetivo (vigente desde el 22 de julio de 2016)

AutorAlberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB
Actualizado aAgosto 2016

A LA SALA DE LA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPREMO

D./Dña .... Procurador/a de los Tribunales, en la representación que acredito de D./Dña ...., con DNI …, en el recurso de casación nº…. interpuesto contra la Sentencia (en su caso, Auto) del Tribunal Superior de Justicia (en su caso, Audiencia Nacional o Juzgado) de ... Sala de lo Contencioso-Administrativo, de fecha..., en recurso contencioso número ... contra ....., ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que con fecha ….... me ha sido notificada la ….. (Providencia o Diligencia de Ordenación) de fecha ….... en cuya parte dispositiva se acuerda oír a las partes personadas por plazo común de treinta días acerca de si el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, de conformidad con lo señalado por el artículo 90.1 LJCA.

Que en cumplimiento de la citada resolución, esta parte, mediante el presente escrito, en tiempo y forma, cumpliendo con los requisitos formales exigidos realiza las siguientes

Que, evacuando en tiempo y forma el traslado conferido, por medio del presente escrito formula las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA.- Existencia (inexistencia) de interés casacional objetivo.

El artículo 88.2 de la Ley de la Jurisdicción establece los supuestos en los que el Tribunal de casación puede apreciar que existe interés casacional objetivo, motivándolo expresamente en el auto de admisión.

En el presente caso, entendemos que ……………..

SEGUNDA.- Asimismo, de conformidad con el artículo 88.3 de la Ley de la Jurisdicción, que establece los supuestos o casos en los que se presumirá que existe interés casacional objetivo, es claro que en el presente caso resulta que………..

TERCERA.- ……….

En su virtud,

A LA SALA SUPLICO: Que tenga por presentado este escrito, con sus copias, y en su virtud, acuerde tener por cumplimentada la ……… (Providencia o Diligencia de Ordenación) de de fecha ….... dictada por ese Tribunal en recurso de casación …… por la que se acuerda, en cumplimiento del artículo 90.1 de la Ley ritual, oír a esta parte personada acerca de si el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, y, tras los trámites legales oportunos, se declar3 que existe (no existe) interés casacional objetivo.

Es justo en ...... (Lugar y fecha).

Firma y número de colegiado de Abogado y Procurador.

COMENTARIO

La LJCA 29/1998 dedica sus artículos 86 a 93 al recurso de casación.

El artículo 88.1 establece como regla general que el recurso de casación podrá ser admitido a trámite cuando, invocada una concreta infracción del ordenamiento jurídico, tanto procesal como sustantiva, o de la jurisprudencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estime que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia.

El apartado 2 del citado artículo 88 dispone que el Tribunal de casación podrá apreciar que existe interés casacional objetivo, motivándolo expresamente en el auto de admisión, cuando, entre otras circunstancias, la resolución que se impugna:

  1. Fije, ante cuestiones sustancialmente iguales, una interpretación de las normas de Derecho estatal o de la Unión Europea en las que se fundamenta el fallo contradictoria con la que otros órganos jurisdiccionales hayan establecido.

  2. Siente una doctrina sobre dichas normas que pueda ser gravemente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR