Acta de elección por los trabajadores, en ausencia de representación legal, de la comisión negociadora en un procedimiento de ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción

AutorvLex
Actualizado aJulio 2023

[En caso de que el ERTE se haya originado debido a la situación excepcional ocasionada por la pandemia del virus COVID-19, se deben tener en cuenta las especialidades del procedimiento previstas en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19., que establece lo siguiente:]

[“En el supuesto de que no exista representación legal de las personas trabajadoras, la comisión representativa de estas para la negociación del periodo de consultas estará integrada por los sindicatos más representativos y representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación. La comisión estará conformada por una persona por cada uno de los sindicatos que cumplan dichos requisitos, tomándose las decisiones por las mayorías representativas correspondientes. En caso de no conformarse esta representación, la comisión estará integrada por tres trabajadores de la propia empresa, elegidos conforme a lo recogido en el artículo 41.4 del Estatuto de los Trabajadores. En cualquiera de los supuestos anteriores, la comisión representativa deberá estar constituida en el improrrogable plazo de 5 días”.]

En ……….., a ... de …….. de ……

Se ha celebrado asamblea de trabajadores/as en los locales del centro de trabajo de la empresa ………, situados en la calle ………., tras recibirse por los trabajadores/as escrito de la Dirección de la empresa, de fecha …….., en el que manifiesta su intención de iniciar un expediente de regulación temporal de empleo por causas …… [indicar las causas que correspondan: económicas, técnicas, organizativas o de producción], con la correspondiente suspensión de contratos de trabajo/reducción de la jornada laboral [si la causa guarda relación con la declaración del estado de alarma por emergencia sanitaria ocasionada por el virus COVID-19, añadir: a raíz de la pandemia provocada por el virus COVID-19 que ha supuesto la declaración del estado de alarma en nuestro país]. En el referido escrito se advierte de la posibilidad, en ausencia de representación legal, de que los trabajadores/as opten por elegir una comisión negociadora para el correspondiente periodo de consultas, conforme a lo estipulado en los artículos 47.1 y 41.4 del Estatuto de los Trabajadores.

A la asamblea han asistido los/as trabajadores/as abajo firmantes.

Los/as trabajadores/as, de forma libre y...

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