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- Libro I. Configuración General de la Contratación y Elementos Estructurales de los Contratos
- Partes en el Contrato. Capacidad, Solvencia y Clasificación. Prohibiciones de Contratar
Acreditación de la capacidad de obrar
Autor | Alberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo |
Cargo del Autor | Magistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB |
Actualizado a | Septiembre 2020 |
Contenido
|
D/Dña. .............................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en representación de .... (en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017), como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que, a los efectos previstos en el apartado .......... del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el procedimiento de contratación............ (número de expediente .......), y de conformidad con el artículo 84 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por medio del presente escrito y con el fin de acreditar la capacidad de obrar se adjunta:
(En el caso de personas jurídicas) Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que constan las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponde, según el tipo de persona jurídica de que se trata.
(En el caso de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea) Inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde está establecido, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado. (El RGLCAP recoge, en su Anexo I, las listas de los registros correspondientes a cada tipo de contrato bajo la rúbrica Registros de Estados miembros de la Comunidad Europea y signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico ).
(En el caso de demás empresarios extranjeros). Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radica el domicilio de la empresa.
Por todo lo expuesto,
SOLICITA: Que se tenga por acreditada la capacidad de obrar a efectos del contrato...............
Lugar, fecha, sello y firma
.............................................
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN (O Unidad que tramita el expediente de contratación)
ComentarioConforme al artículo 65 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP 2017), para poder contratar con el sector público (incluyendo contratos subvencionados a que se refiere el artículo 23 LCSP 2017) las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, entre otros requisitos, deben tener plena capacidad de obrar, no estar incursas en una prohibición de contratar y acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la propia LCSP 2017, se encuentren debidamente clasificadas.
El artículo 84 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, acreditación de la capacidad de obrar, establece:
1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. 2. La capacidad de obrar de los...
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Solicita tu prueba- Libro I. Configuración general de la contratación y elementos estructurales de los contratos
- Partes en el contrato. Capacidad, solvencia y clasificación. Prohibiciones de contratar
- Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental
- Comunicación de posible conflicto de intereses en el ámbito de la contratación pública
- Compromiso de constituir una sociedad que será la titular de la concesión de obras o de servicios
- Acreditación de capacidad para contratar con el sector público de las empresas comunitarias no españolas
- Justificación, por parte de las empresas no comunitarias, de que en su Estado de procedencia se admite la participación de empresas españolas en la contratación pública
- Escrito de constitución temporal de unión de empresarios para licitar
- Compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios suficientes
- Integración de la solvencia con medios externos
- Acreditación de la clasificación
- Solicitud de clasificación
- Recurso de alzada contra el acuerdo relativo a la clasificación
- Justificación del mantenimiento de la clasificación
- Comunicación de cualquier variación en las circunstancias de la clasificación
- Aportación de documentos solicitados para clasificación
- Acreditación de la solvencia económica y financiera
- Acreditación de la solvencia técnica en los contratos de obras
- Acreditación de la solvencia técnica en los contratos de suministros
- Acreditación de la solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios
- Acreditación de la solvencia técnica o profesional en los restantes contratos
- Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad
- Trámite de audiencia al candidato o licitador que participó en la preparación del contrato
- Sucesión del contratista
- Contestación a requerimiento sobre condiciones de aptitud para contratar con el sector público
- Solicitud de revisión de la clasificación
- Acreditación de la capacidad de obrar
- Declaración de no estar incurso en prohibición de contratar
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