Escritura de fusión por absorción de dos S. A. denominada fusión simplificada con un único socio

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023



Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo propuesto
  • 3 Normativa
  • 4 Modelo de escritura
  • 5 Comentario
    • 5.1 Modelo propuesto
    • 5.2 Normas especiales de este supuesto
    • 5.3 Sociedad absorbente titular de todas las participaciones o acciones de la sociedad absorbida
    • 5.4 Sociedad absorbente titular en forma directa de más del 90% de la/s sociedad/es absorbida/s, sin llegar al 100%
    • 5.5 Sociedad titular de todas las acciones o participaciones de la que le absorbe
    • 5.6 Supuesto asimilado a la fusión
    • 5.7 Normas generales de la fusión
      • 5.7.1 B. Informe del experto independiente
      • 5.7.2 C. Informe de los administradores
      • 5.7.3 D. Convocatoria de Junta General
      • 5.7.4 E. Exigencia de balance de cada Sociedad
      • 5.7.5 F. Junta General
      • 5.7.6 H. Escritura de fusión
      • 5.7.7 I. Inscripción
    • 5.8 Efectos de toda fusión o escisión en el caso de fincas que se transmiten a la sociedad beneficiaria
      • 5.8.1 Legislación estatal
      • 5.8.2 Legislación catalana para los arrendamientos rústicos
      • 5.8.3 Norma en Galicia en los arrendamientos rústicos
    • 5.9 Normas especiales sobre fincas
    • 5.10 Supuesto de contaminación de la finca
    • 5.11 Nota fiscal
    • 5.12 Advertencia final
  • 6 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 7 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, (que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021) y por ello se señalan algunas formas del juicio notarial de capacidad (puesto que toda persona tiene capacidad,) sin perjuicio de que a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica le sean exigibles medidas de apoyo (voluntarias, intervención del curador o del defensor judicial y guarda de hecho), medidas que deben constar y cumplirse en el título.

Modelo propuesto

Fusión por absorción entre dos sociedades anónimas. Se celebra Junta Universal de una sociedad que llamaremos ALFA SA (que la pueden integrar varios socios) y que es socio único de otra (que llamaremos BETA); el socio de la primera decide la absorción de la sociedad de que es titular.

Puede verse, para asegurarse del cumplimiento de todos los requisitos legales, el tema: «Reglas generales de la fusión o escisión de sociedades

Normativa

Las llamadas modificaciones estructurales, (expresión utilizada por la doctrina y consagrada por la Dirección General de los Registros y del Notariado y después por la derogada Ley 3/2009, de 3 de abril que se titulaba expresamente sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles) se halla la figura jurídica de la fusión de sociedades.

A partir del 29 de julio de 2023 rige el libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ? y otras normas - aplicable a las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles cuyos proyectos no hubieren sido aún aprobados por las sociedades implicadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real decreto-ley.

La Ley de Sociedades de Capital (LSC) no regula esta materia, aunque en el art. 160 - después de la modificación dada por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y otras normas - entre las materias objeto de la Junta cita: g) La transformación, la fusión, la escisión o la cesión global de activo y pasivo.

Un principio aceptado por la legislación de la Unión Europea es garantizar la libertad para llevar a cabo modi?caciones estructurales transfronterizas y para cambiar la ley aplicable a la sociedad mediante una transformación, o para realizar fusiones o escisiones transfronterizas. A partir de aquí, cualquier obstáculo a esta libertad debe estar sometido al " principio de proporcionalidad" tal como ha sido interpretado por la jurisprudencia; puede verse la AJMer nº 2, 28 de julio de 2020, de Madrid. [j 1]

En el caso de intervenir una sociedad anónima véase Requisitos de fusión cuando alguna de las sociedades que intervienen es S.A.

Atención: Si alguna Junta se celebra por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple debe tenerse en cuenta el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo que añade un apartado 4 en el artículo 3 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria. Puede verse el modelo de junta universal en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA UNIVERSAL. y si es convocada en Certificación genérica de Sociedades Anónimas. JUNTA EXTRAORDINARIA. CONVOCADA y en ambas como la opción 2.

Modelo de escritura

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, Don *, Notario del Ilustre Colegio de * con residencia en *

COMPARECE:

Don *, mayor de edad, (es preferible hacer constar fecha de nacimiento para facilitar la confección del índice), *(profesión o actividad), vecino de *, con domicilio en *. Exhibe D.N.I. vigente, número *.

INTERVIENE:

En nombre y representación de la compañía mercantil * ALFA S.A. (la que S.A. que absorbe) en calidad de Secretario del Consejo de Administración (o Administrador único, solidario, dos mancomunados, Presidente o simplemente miembro), con CIF número A-*, domiciliada en *, constituida por tiempo indefinido en escritura otorgada ante el Notario *, el día *; (Se deberá indicar otros títulos pertinentes, tales como escritura de adaptación, cambio de denominación o domicilio, etc.). Se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de * al Tomo *, folio *, hoja número *, inscripción *ª.

He tenido a la vista copia auténtica de la documentación fehaciente antes citada, de la que se conservará copia en la Notaría; de dicha documentación resulta el domicilio expresado y que el objeto de la sociedad es el siguiente: *. (Procede transcribir el artículo pertinente de los estatutos).

A los efectos de lo dispuesto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se hace constar que a la actividad principal que constituye el objeto social le corresponde el número * -deberán indicarse los números de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas

Ratifica el compareciente que los datos identificativos de la sociedad que representa son los antes indicados y, en especial, asevera que no han variado ni el objeto social ni el domicilio social de su representada.

Fue nombrado consejero, por un plazo de cinco/seis años según acuerdo de la Junta General de la compañía, de fecha *, y Secretario del Consejo de Administración, en sesión del consejo de la misma fecha (o Administrador, etc.) y elevado a escritura pública otorgada ante el Notario *, en fecha *. Inscrita en el Registro Mercantil de *, causando la inscripción * (o fue nombrado Administrador único, solidario, etc.).

Sus facultades por este acto resultan de:

1.- De su cargo de Administrador único de la sociedad (o administrador solidario, mancomunados, Secretario del Consejo de Administración o consejero especialmente facultado) nombrado, por el plazo de CINCO (o SEIS AÑOS) en la escritura de constitución (o de nombramiento de cargos del día * ante el Notario de *, Don *), cargo que asevera vigente (o por su condición de apoderado especialmente facultado para elevar a públicos acuerdos sociales).

Así resulta de la copia auténtica que tengo a la vista y que causó la inscripción *ª en el Registro Mercantil.

2.- Y de los acuerdos de la Junta General Universal de la compañía, celebrada en el domicilio social y bajo la presidencia de Don *, actuando de secretario Don *, el día * y de la que me entrega una certificación expedida por (indicar si es por el administrador único, uno de los administradores solidarios, los dos mancomunados, el Secretario del Consejo de Administración Don *, con el visto bueno de su Presidente, Don *), firma/s que legitimo por serme conocida/s (o por otros medios) dejando unida a la presente escritura la referida certificación y en la que consta que los acuerdos fueron aprobados por unanimidad (o indicar la mayoría) y adoptados en votación separada tal como ordena art. 197 bis de la LSC.

Manifiesta Don * que sus facultades para este acto no le han sido revocadas, restringidas ni limitadas y que se hallan en íntegra vigencia y yo, el Notario, estimo suficientes para elevar a públicos acuerdos sociales y, por tanto, los de la absorción que se formaliza en la presente Escritura y actos complementarios.

(Únicamente intervendrá el órgano de administración de la sociedad absorbida, que llamaremos ALFA SA, si ha habido junta de ésta para aprobar la fusión, no hace falta junta de la sociedad absorbida en el caso del art. 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de FUSION por ABSORCION y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de FUSION por ABSORCION y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de FUSION por ABSORCION y EXPONEN:

Que es objeto de la presente escritura la formalización de la Fusión por absorción que afecta a las dos sociedades indicadas en la intervención, de acuerdo con los siguientes ANTECEDENTES:

A.- ES SOCIEDAD ABSORBENTE ALFA S.A.

ES SOCIEDAD ABSORBIDA: BETA S.A .

B.- PROYECTO DE FUSIÓN.

1.- El respectivo órgano de administración de cada sociedad elaboró el pertinente proyecto de transformación en la...

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