Venta PROMOTOR de vivienda PROTEGIDA, (o de Protección Oficial) SIN HIPOTECA.
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Modelo de venta de vivienda de Protegida (o VPO), sin hipoteca a subrogar, pago contado.
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Venta PROMOTOR de vivienda PROTEGIDA, (o de Protección Oficial) SIN HIPOTECA.
NUMERO
En *, a *. ANTE MI, ** Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en * COMPARECEN: De una parte, Don *, mayor de edad, * (estado civil y profesión o actividad), vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF número *. De vecindad civil *. Interviene en nombre propio (o en nombre y representación de ...) Y de otra parte, Los cónyuges, casados en régimen (de gananciales, de separación, etc.) Don * y Doña *, mayores de edad, *(profesión o actividad), vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF números * y *. Son de nacionalidad y residencia española y de vecindad civil * (En su caso, se expresará la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.). Intervienen en nombre propio. Les identifico por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con los de Identificación Fiscal; tienen, a mi juicio, capacidad legal y legitimación para otorgar esta escritura de COMPRAVENTA y EXPONEN: I.- * es propietaria de la finca siguiente: URBANA: DEPARTAMENTO NÚMERO * Cuota de participación en el total inmueble: (si está en PH) *. Inscrita en el Registro de la Propiedad de *, al tomo *, libro *, folio *. Finca *. TÍTULO: División en Régimen de Propiedad Horizontal, formalizada ante el notario de *, Don *, el día * de * Declarado el Final de Obra, mediante Acta formalizada *. Valor: * Euros. REFERENCIA CATASTRAL: OPCIONES: 1ª.- Ha sido obtenida por el notario en forma telemática: La que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica; yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, la he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con el artículo 6.6 de la resolución de 28 de abril de 2003 de la DG del Catastro) y ha sido solicitada a los efectos del presente otorgamiento; esta certificación queda unida a esta matriz. Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial. 2ª.- No consta la gráfica, pero se ha obtenido certificación en la que consta la referencia catastral: La que resulta de la certificación catastral únicamente descriptiva, que Yo, el Notario, Doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habilitados y de conformidad con el artículo 6.6. de la resolución de 28 de abril de 2.003 de la D.G. del Catastro) y ha sido solicitada a efectos del presente otorgamiento, certificación que incorporo a esta matriz. Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial. 3a.- No se aporta referencia concreta (ninguna o sólo la de la finca matriz, aunque conste ésta) y no se ha obtenido por el notario en forma telemática. Subopción a): No tiene todavía referencia catastral concreta. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas. Subopción b): No me ha sido aportada la referencia catastral concreta, y tampoco la he obtenido yo, el Notario en forma telemática. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas. (En ambos casos:) Yo, el Notario, procederé a indicar la falta de Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.) 4ª.- En Navarra: LEY FORAL...Ver el contenido completo de este documento
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