Solicita se testimonie un documento privado en poder de una persona que no es litigante en el pleito, LEC art. 330
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Solicita se testimonie un documento privado en poder de una persona que no es litigante en el pleito, LEC art. 330
Art. 330. Exhibición de documentos por terceros. 1. Salvo lo dispuesto en esta Ley en materia de diligencias preliminares, sólo se requerirá a los terceros no litigantes la exhibición de documentos de su propiedad cuando, pedida por una de las partes, el tribunal entienda que su conocimiento resulta trascendente a los fines de dictar sentencia. En tales casos el tribunal ordenará, mediante providencia la comparecencia personal de aquel en cuyo poder sé hallen y, tras oír, resolverá lo procedente. Dicha resolución no será susceptible de recurso alguno pero la parte a quien interese podrá reproducir su petición en la segunda instancia. Cuando estuvieren dispuestos a exhibirlos voluntariamente, no se les obligará a que los presenten en la Oficina judicial, sino que, si así lo exigieren, irá el Secretario judicial a su domicilio para testimoniarlos. (Redacción según Ley 13/2009, de 3 de noviembre)Ver el contenido completo de este documento
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Solicita se testimonie un documento privado en poder de una persona que no es litigante en el pleito, LEC art. 330
SOLICITA QUE SE TESTIMONIE UN DOCUMENTO PRIVADO EN PODER DE UNA PERSONA QUE NO ES...
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