Solicitud de transformación de procedimiento abreviado a juicio de faltas

AutorM. Cinta Caminals
Cargo del AutorCaminals & Abogados
Actualizado aMayo 2015

Aviso: "La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal ha suprimido las faltas. Conforme la Disposición Transitoria Cuarta del Código Penal: "La tramitación de los procesos por falta iniciados antes de la entrada en vigor del Código Penal (1 de julio de 2015) por hechos que resultan tipificados como delitos leves, continuará sustanciándose conforme al procedimiento previsto para el juicio de faltas en el Libro VI de la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal. La tramitación de los procesos por falta iniciados antes del 1 de julio de 2015 por hechos que resultan por ella despenalizados por la reforma del Código Penal o sometidos al régimen de denuncia previa, y que lleven aparejada una posible responsabilidad civil, continuarán hasta su normal terminación, salvo que el legitimado para ello manifestare expresamente no querer ejercitar las acciones civiles que le asistan, en cuyo caso se procederá al archivo de lo actuado, con el visto del Ministerio Fiscal".

JUZGADO DE INSTRUCCION NÚMERO _____

DILIGENCIAS PREVIAS NÚMERO ______

AL JUZGADO

Don ________, Procurador de los Tribunales y de don _________, según ya tiene acreditado en las actuacioens arriba referenciadas, como mejor en Derecho proceda, DIGO:

Que mediante el presente escrito, de conformidad con el artículo 779.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, esta parte interesa se proceda a dictar Auto reputando falta los hechos que dieron lugar a la formación de las diligencias sobre la base de las siguientes,

ALEGACIONES

PRIMERA: Las presentes diligencias se incoaron en virtud de atestado formado por la Policía Judicial _____ de la Comisaría de ___ habiendo resultado imputados Don _________ y Don ________.

SEGUNDA: Se han practicado como...

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