Oposición a la solicitud de suspensión del procedimiento por prejudicialidad

AutorvLex
Actualizado aNoviembre 2020





AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ……………
 


Procedimiento nº…………

Parte demandante: ……...

Parte demandada: …….. 


Don/ña …………….., Procurador/a de los Tribunales, y de Don/ña……… cuya representación consta acreditada mediante escritura de poder en los autos referenciados, ante este Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, 

DIGO 


Que por medio del presente escrito vengo a formular OPOSICIÓN A LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL PROCESO POR PREJUDICIALIDAD [PENAL/CIVIL], en base a las siguientes, 


ALEGACIONES
 


PRIMERA.- Que no existe identidad entre los hechos expuestos en la [demanda/querella] y el objeto de las presentes actuaciones civiles por los siguientes motivos: ……….. 

SEGUNDA.- Que no concurren los requisitos necesarios previstos en el artículo …. para llevar a cabo la suspensión de las actuaciones presentes por prejudicialidad……..: 

Artículo 40. Prejudicialidad penal.

"1. Cuando en un proceso civil se ponga de manifiesto un hecho que ofrezca apariencia de delito o falta perseguible de oficio, el tribunal civil, mediante providencia, lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal, por si hubiere lugar al ejercicio de la acción penal.

2. En el caso a que se refiere el apartado anterior, no se ordenará la suspensión de las actuaciones del proceso civil sino cuando concurran las siguientes circunstancias:

1.ª Que se acredite la existencia de causa criminal en la que se estén investigando, como hechos de apariencia delictiva, alguno o algunos de los que fundamenten las pretensiones de las partes en el proceso civil.

2.ª Que la decisión del tribunal penal acerca del hecho por el que se procede en causa criminal pueda tener influencia decisiva en la resolución sobre el asunto civil.

3. La suspensión a que se refiere el apartado anterior se acordará, mediante auto, una vez que el proceso esté pendiente sólo de sentencia.

4. No obstante, la suspensión que venga motivada por la posible existencia de un delito de falsedad de alguno de los documentos aportados se acordará, sin esperar a la conclusión del procedimiento, tan pronto como se acredite que se sigue causa criminal sobre aquel delito, cuando, a juicio del tribunal, el documento pudiera ser decisivo para resolver sobre el fondo del asunto.

5. En el caso a que se refiere el apartado anterior no se acordará por el Tribunal la suspensión, o se alzará por el Letrado de la Administración de Justicia la que aquél hubiese acordado, si la parte a la que pudiere favorecer el documento renunciare...

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