Reducciones y bonificaciones fiscales en herencias. PRINCIPADO DE ASTURIAS.

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Resumen


Resumen de las reducciones y bonificaciones fiscales ESPECIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS en Herencias.

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Extracto


Reducciones y bonificaciones fiscales en herencias. PRINCIPADO DE ASTURIAS.

En las Herencias, se trate de una escritura o de una Instancia privada-relación de bienes, cabe solicitar diversas peticiones fiscales, algunas especiales para EL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

En el Formulario «Reducciones fiscales en herencias, normas estatales», se indican las normas de ámbito estatal y modelos de petición.

A).- NORMA AUTONOMICA:

Para EL PRINCIPADO DE ASTURIAS, hay que tener en cuentas las siguientes especialidades:

Las especialidades vigentes son:

Adquisición de empresa familiar o negocio (año 2.003 y ss.)

Equiparación de parejas estables (año 2003 y ss.)

Vivienda habitual (año 2004 y ss)

Parentesco (menores de edad para el año 2004 y ss. y parientes del Grupo II para el año 2007 y ss).

La Ley 15/2002,de 27 de diciembre, (aplicable a sucesiones ocurridas a contar del 1 de enero de 2003, inclusive hasta el 31 de diciembre de 2.008) reguló la transmisión de Empresa individual o negocio:

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