Resumen
Reducciones y bonificaciones fiscales ESPECIALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS en herencias.
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Extracto
Reducciones y bonificaciones fiscales en herencias. PRINCIPADO DE ASTURIAS.
En las Herencias, se trate de una escritura o de una Instancia privada-relación de bienes, cabe solicitar diversas peticiones fiscales, algunas especiales para EL PRINCIPADO DE ASTURIAS.
I.- En el Formulario «Reducciones fiscales en herencias, normas estatales», se indican las normas de ámbito estatal y modelos de petición. Pero para EL PRINCIPADO DE ASTURIAS, hay que tener en cuentas las siguientes especialidades: Las especialidades vigentes son: Adquisición de empresa familiar o negocio (año 2.003 y ss.) Equiparación de parejas estables (año 2003 y ss.) Vivienda habitual (año 2004 y ss) Parentesco (menores de edad para el año 2004 y ss. y parientes del Grupo II para ...Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. - Artículos 20 , 22
- LEY 20/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión. - Artículo 2
- LEY 6/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales. de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
- Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. - Artículo 4
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. - Artículo 148
- Código Civil.
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