Recurso de alzada ordinario contra resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional o Local

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Actualizado aJunio 2019

AL TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL

D./Dª. ________________, mayor de edad, con domicilio a efectos de citaciones y notificaciones en _____________, ante el Tribunal Económico-Administrativo Central comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO:

Que en fecha ____ me fue notificada resolución núm. ____/__, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Local/Regional en el expediente núm. ____/__, por la que se desestimaba la reclamación económica-administrativa interpuesta por el/la que suscribe y relativa al ejercicio tributario ______.

Que entendiendo que la citada resolución no es ajustada a Derecho, por medio del presente escrito y en virtud del art. 241 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, interpongo RECURSO DE ALZADA ORDINARIO, y ello en base a los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Que en fecha ______ fue notificada a esta parte resolución del Tribunal Económico-Administrativo Local/Regional por la que se desestimaba la reclamación económico-administrativa interpuesta en un expediente de derivación de responsabilidad tributaria.

SEGUNDO.- Que según establece el art. 43.1.b) de la Ley General Tributaria, serán responsables subsidiarios de la deuda tributaria los administradores de hecho o de derecho de aquellas personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades, por las obligaciones tributarias devengadas de éstas que se encuentren pendientes en el momento del cese, siempre que no hubieren hecho lo necesario para su pago o hubieren adoptado acuerdos o tomados medidas causantes del impago.

Sin embargo, el/la que suscribe, como administrador de la sociedad, no ha realizado actuaciones negligentes que condujeran a que la compañía no hiciera frente a sus obligaciones tributarias tras el cese de la actividad.

[Exponer y acreditar los motivos por los que no procede la declaración de responsabilidad subsidiaria]

TERCERO.- SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA

[Al escrito de interposición podrá acompañarse la solicitud de suspensión de la ejecución de la resolución impugnada por los órganos de la Administración. Dicha solicitud suspenderá cautelarmente la ejecución de la resolución recurrida mientras el Tribunal Económico-Administrativo Central decida sobre la procedencia o no de la petición de suspensión. La decisión del Tribunal sobre la procedencia de la suspensión pondrá fin a la vía administrativa]

[Dicha suspensión se fundamentará en que existen indicios racionales de que el cobro de...

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