Solicita medidas provisionalísimas o primeras medidas o previas a la demanda, CC arts. 102.2º, 103, 104; LEC arts. 771, 772.1.

Los juicios civilesJuicios matrimonialesJuicios Matrimoniales. Demandas (2011)

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Resumen


ESCRITO SOLICITANDO LAS MEDIDAS PROVISIONALÍSIMAS O PRIMERAS MEDIDAS O PREVIAS A LA DEMANDA. CC arts. 102.21, 103 y, 104; LEC arts. 771 y 772.1.

CC art. 104.

El cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas a que se refieren los dos artículos anteriores.

Estos efectos y medidas sólo subsistirán si, dentro de los treinta días siguientes a contar de que fueron inicialmente adoptados, se presenta la demanda ante el Juez o Tribunal competente.

Artículo 771 LEC. Medidas provisionales previas a la demanda de nulidad, separación o divorcio. Solicitud, comparecencia y resolución. (Apartados 2 y 3 modificados por Ley 13/2009)

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Extracto


Solicita medidas provisionalísimas o primeras medidas o previas a la demanda, CC arts. 102.2º, 103, 104; LEC arts. 771, 772.1.

ESCRITO SOLICITANDO LAS MEDIDAS PROVISIONALÍSIMAS O PRIMERAS MEDIDAS O PREVIAS A LA DEMANDA,CC arts. 104, 102.21, 103; LEC arts. 771.

CC art. 104.

El cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas a que se refieren los dos artículos anteriores.

Estos efectos y medidas sólo subsistirán si, dentro de ...

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