Formularios laborales. La ejecucion (arts. 235-303) (2008)
Seccion: Ejecución de sentencias recurridas (ejecución provisional). arts 287-303
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Id. vLex: VLEX-273980
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L525. EJECUCIÓN PROVISIONAL DE SENTENCIAS DE DESPIDO, Ley de Procedimiento Laboral art. 295, 296.
Don ___, demandante (o Abogado, Procurador o Graduado Social, en nombre y representación de Don ...) en los autos nº ___ sobre despido (o decisión extintiva de la relación de trabajo), contra ___, según consta acreditado, como mejor proceda en derecho, DIGO: Que en fecha ___, se dictó sentencia en la que se declaraba la nulidad (o improcedencia) del despido (o de la decisión extintiva) y se condenaba a la demandada a mi readmisión y al abono de los salarios de tramitación. Que contra la referida sentencia se ha interpuesto en fecha ___ recurso de suplicación (u otro) por la condenada. Que el día ___ me personé en el centro de trabajo pero el Gerente Sr. ___ me comunicó que mientras no se resolviera el recurso no tenía obligación de pagarme.
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 295 , 296
Procesal
Ejecución de sentencias , Ley de procedimientos laboral
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L525. Ejecución provisional de sentencias de despido, LPL arts. 295, 296
L525. EJECUCIÓN PROVISIONAL DE SENTENCIAS DE DESPIDO, Ley de Procedimiento Laboral art. 295, 296.
Art. 295. 1. Cuando en los procesos donde se eje...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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