Resumen
EJECUCIÓN PROVISIONAL DE SENTENCIAS DE DESPIDO, Ley de Procedimiento Laboral art. 295, 296.
Don ___, demandante (o Abogado, Procurador o Graduado Social, en nombre y representación de Don ...) en los autos nº ___ sobre despido (o decisión extintiva de la relación de trabajo), contra ___, según consta acreditado, como mejor proceda en derecho, DIGO: Que en fecha ___, se dictó sentencia en la que se declaraba la nulidad (o improcedencia) del despido (o de la decisión extintiva) y se condenaba a la demandada a mi readmisión y al abono de los salarios de tramitación.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Ejecución provisional de sentencias de despido, LPL arts. 295, 296.
EJECUCIÓN PROVISIONAL DE SENTENCIAS DE DESPIDO, Ley de Procedimiento Laboral art. 295, 296.
Art. 295. 1. Cuando en los procesos donde se ejercit...Ver el contenido completo de este documento
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Documentos citados
- Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. - Artículos 295 , 296
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