Venta de vivienda Protegida o de Protección Oficial entre particulares, SEGUNDA Transmisión

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Modelo de venta, segunda o ulterior transmisión, de vivienda de Protección Oficial o Vivienda protegida, sin Hipoteca formalizada entre particulares. Normas legales: precios máximos y tanteos y retracto de la Administración.

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Extracto


Venta de vivienda Protegida o de Protección Oficial entre particulares, SEGUNDA Transmisión

NUMERO

En *, a *.

ANTE MI, * Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECEN:

De una parte,

Don *, mayor de edad, *(profesión o actividad) , vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF número *.

Interviene en su propio nombre y derecho (o en nombre y representación de ..)

Y de otra parte,

Los cónyuges, casados en régimen legal de *, * (profesión o actividad), vecinos de *, con domicilio en *. Exhiben DNI/NIF números * y *, respectivamente.

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Todos de nacionalidad y residencia española y de vecindad civil *. (En su caso, se expresará la documentación aportada: DNI, certificado de empadronamiento, declaración ante el Registro Civil, etc.)

Les identifico por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con los de Identificación Fiscal; tienen, a mi juicio, capacidad legal y legitimación para otorgar esta escritura de COMPRAVENTA y

EXPONEN:

I.- Don... es/son propietario/s de la siguiente Finca:

URBANA *.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de *, al tomo *, libro *, folio *. Finca *.

PROTECCIÓN OFICIAL: La vivienda descrita tiene la condición de Vivienda de Protegida (o VPO), según Cédula de Calificación definitiva de *, expediente **.

TÍTULO: División en Régimen de Propiedad Horizontal, formalizada ante el notario de *, Don *, el día * de *.

Valor: * Euros.

REFERENCIA CATASTRAL:

OPCIONES:

1ª.- Ha sido obtenida por el notario en forma telemática:

La que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica; yo, el Notario, doy fe que, bajo mi responsabilidad, la he obtenido (por los procedimientos telemáticos habituales y de acuerdo con el artículo 6.6 de la resolución de 28 de abril de 2003 de la DG del Catastro) y ha sido solicitada a los efectos del presente otorgamiento; esta certificación queda unida a esta matriz.

Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.

2ª.- No consta la gráfica, pero se ha obtenido certificación en la que consta la referencia catastral:

La que resulta de la certificación catastral únicamente descriptiva, que Yo, el Notario, Doy fe que, bajo mi responsabilidad, he obtenido (por los procedimientos telemáticos habilitados y de conformidad con el artículo 6.6. de la resolución de 28 de abril de 2.003 de la D.G. del Catastro) y ha sido solicitada a efectos del presente otorgamiento, certificación que incorporo a esta matriz.

Yo, el Notario, a los efectos de la pertinente constancia en el Catastro, procederé a indicar la expresada Referencia catastral en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial.

3a.- No se aporta referencia concreta (ninguna o sólo la de la finca matriz, aunque conste ésta) y no se ha obtenido por el notario en forma telemática.

Subopción a): No tiene todavía referencia catastral concreta. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas.

Subopción b): No me ha sido aportada la referencia catastral concreta, y tampoco la he obtenido yo, el Notario en forma telemática. Hago la advertencia de la obligación de hacer, ante la Gerencia Territorial del Catastro y en el plazo de dos meses, la pertinente declaración de la alteración de titularidad que se formaliza en esta escritura y en especial de las responsabilidades que indica la Ley en caso de no presentación en plazo o ser las declaraciones falsas, incompletas o inexactas.

(En ambos casos:) Yo, el Notario, procederé a indicar en los índices informatizados que regula el artículo 285 del Reglamento Notarial la no constancia en el título de la Referencia catastral.)

4ª.- En Navarra: LEY FORAL 12/2006, de 21 de noviembre exige al notario que incorpore la cédula parcelaria.

=

COINCIDENCIA DE LA DESCRIPCION CATASTRAL Y LA REALIDAD FISICA:

Se ha manifestado por los otorgantes, previa mi expresa solicitud, la coincidencia entre la realidad física y la que consta en la certificación...

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