Escrito de preparación de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, LEC arts. 466 y 468.

Los juicios civilesRecursos (2010)

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Abogados Civil

Resumen


Cuando un litigante pretenda recurrir una resolución por infracción procesal y en casación, habrá de preparar e interponer ambos recursos en un mismo escrito. A la preparación e interposición de dichos recursos y a la remisión de los autos, les serán de aplicación los plazos establecidos en los artículos 479, 481 y 482, respectivamente.

4.ª Siempre que se preparen contra una misma resolución recurso por infracción procesal y recurso de casación, se tramitarán ambos en un único procedimiento

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Escrito de preparación de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, LEC arts. 466 y 468.

Escrito de preparación de los recursos extraordinarios por infracción procesal y de recurso de casación, LEC arts. 466 y 468.

3.ª Cuando un litigante pretenda recurrir una resolución por infracción procesal y en casación, habrá de preparar e interponer ambos recursos en un mismo escrito. A la preparación e interposición de dichos recursos y a la remisión de los autos, les serán de aplicación los plazos establecidos en los artículos 479, 481 y 482, respectivamente.

4.ª Siempre que se preparen contra una misma resolución recurso por infracción procesal y recurso de casación, se tra...

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