Diligencia preliminar ante la negativa del propietario de un local a que un perito examine las obras que se están llevando a cabo en su local.

Los juicios civilesJuicio ordinario (2012)

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Resumen


Artículo 256 LEC. Clases de diligencias preliminares y su solicitud.

1. Todo juicio podrá prepararse:

1. Por petición de que la persona a quien se dirigiría la demanda declare, bajo juramento o promesa de decir verdad, sobre algún hecho relativo a su capacidad, representación o legitimación, cuyo conocimiento sea necesario para el pleito, o exhiba los documentos en los que conste dicha capacidad, representación o legitimación.

2. Mediante solicitud de que la persona a la que se pretende demandar exhiba la cosa que tenga en su poder y a la que se haya de referir el juicio.

3. Por petición del que se considere heredero, coheredero o legatario, de exhibición, por quien lo tenga en su poder, del acto de última voluntad del causante de la herencia o legado.

4. Por petición de un socio o comunero para que se le exhiban los documentos y cuentas de la sociedad o comunidad, dirigida a éstas o al consocio o condueño que los tenga en su poder.

5. Por petición del que se considere perjudicado por un hecho que pudiera estar cubierto por seguro de responsabilidad civil, de que se exhiba el contrato de seguro por quien lo tenga en su poder.

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Extracto


Diligencia preliminar ante la negativa del propietario de un local a que un perito examine las obras que se están llevando a cabo en su local.

Diligencia preliminar ante la negativa del propietario de un local a que un perito examine las obras que se están llevando a cabo en su local."

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