Personación del perjudicado como acusación particular instando la práctica de diligencias urgentes, arts. 761 y 797 Lecrim.

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Resumen


PERSONACIÓN DEL PERJUDICADO COMO ACUSACIÓN PARTICULAR INSTANDO LA PRÁCTICA DE DILIGENCIAS URGENTES, Lecr. arts. 795, 797

En uso del derecho reconocido en el art. 761 de la LECRIM y en virtud del ofrecimiento de acciones que ha sido hecho a mi mandante como perjudicado, me persono en estas actuaciones n1 ..., por el presunto delito de ..., contra Don ..., para ejercitar en su nombre las acciones penales y civiles que correspondan.

En la representación indicada esta parte solicita las siguientes diligencias del art. 797 Lecrim. ... (razonando su pertinencia y carácter esencial...)

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Extracto


Personación del perjudicado como acusación particular instando la práctica de diligencias urgentes, arts. 761 y 797 Lecrim.

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