Oposición a la solicitud de acumulación de procesos ante distintos Tribunales

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Actualizado aMarzo 2024




AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO …. DE ………….

Don/Doña ………………………………., Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de ………………………………, tal y como tengo acreditado en los autos del procedimiento .................., ante este Juzgado comparezco y, como mejor en Derecho proceda,

DIGO

Que, en virtud del artículo 83.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), formulo OPOSICIÓN A LA ACUMULACIÓN DE PROCESOS instada por Don/Doña …………………, en base a los siguientes

HECHOS

PRIMERO.- Esta parte interpuso demanda de ……………. contra Don/Doña ……………. en fecha ………….. ante el Juzgado de Primera Instancia de …………….

SEGUNDO.- En fecha …………….. el Letrado de la Administración de Justicia dio traslado a esta parte de la solicitud de acumulación de procesos seguidos ante los Juzgados de Primera Instancia de ……………… y ………………. con número de procedimiento ………… y ………….., respectivamente, formulada por Don/Doña ……………….

TERCERO.- No procede la acumulación de procesos por cuanto ……………………..

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Es competente este Juzgado de Primera Instancia de ………………. por cuanto, de acuerdo con el artículo 79.1 de la LEC, la acumulación de procesos deberá tramitarse ante el Tribunal que conozca del proceso más antiguo.

SEGUNDO.- CAPACIDAD. Mi mandante ostenta capacidad procesal y capacidad para ser parte en este procedimiento de conformidad con los artículos 6.1.1 y 7.1 de la LEC.

TERCERO.- LEGITIMACIÓN. El artículo 83.1 de la LEC establece que se dará traslado de la solicitud de acumulación de procesos a todos los que sean parte de los procesos cuya acumulación se pretende, para que puedan formular alegaciones al respecto.

CUARTO.- POSTULACIÓN Y REPRESENTACIÓN PROCESAL. Esta parte comparece representado por procurador y bajo la dirección técnica de un letrado, en base a lo que establecen los artículos 23.1 y 31.1 de la LEC.

QUINTO.- PLAZO PARA LA OPOSICIÓN. La oposición se formula dentro del plazo de diez días que otorga el artículo 83.1 de la LEC para que las partes de cualquiera de los procesos cuya acumulación se pretenda puedan formular alegaciones.

SEXTO.- PROCESOS NO ACUMULABLES. No procede la acumulación que Don/Doña ………….. pretende, puesto que [el riesgo de sentencia con pronunciamientos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes que alega en su solicitud puede evitarse mediante la excepción de litispendencia (artículo 78.1 de la LEC) / el...

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