A101. Iniciación de oficio por denuncia, LRJAPPAC arts. 68 y 69
Los procedimientos administrativos y contencioso-administrativos (2008)
Seccion: Procedimiento en general
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A101. INICIACIÓN DE OFICIO POR DENUNCIA. LRJAPPAC, arts. 68 y 69.
Se pone en conocimiento de la Administración la existencia de un hecho que puede dar lugar a una resolución administrativa, de autorización, sanción u otro tipo. A LA CONSEJERIA DE GOBERNACIÓN DE LA COMUNIDAD DE ___ Don ___, mayor de edad, DNI nº ___, con domicilio en c/ ___ nº ___ de ___ (También puede ser anónima), Que la empresa llamada ___, con domicilio en ___ continúa ejerciendo la actividad de transporte de viaje-ros, despachando billetes en un local situado en la c/ ___, nº ___, a pesar de que es de conocimiento general queVer el contenido completo de este documento
Extracto
A101. Iniciación de oficio por denuncia, LRJAPPAC arts. 68 y 69
A101. INICIACIÓN DE OFICIO POR DENUNCIA. LRJAPPAC, arts. 68 y 69.
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